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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 3682
Ejecución de Títulos Judiciales 36/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª  MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 36/2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª HASSAN BOUCHARTA TAHANI contra la empresa PINTURAS LAMAR, SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO 18/03/16 

 Dispongo: Despachar orden general de ejecución  a favor de la parte ejecutante, HASSAN BOUCHARTA TAHANI, frente a PINTURAS LAMAR, SL, parte ejecutada, por importe de 1835,51 euros en concepto de principal, (incluidos 300€ en concepto de COSTAS impuestas en Sentencia como consecuencia de lo previsto en el art. 66.3 LRJS por incomparecencia de la demandada al acto de conciliación) más otros 367,10 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

DECRETO 18/03/16 

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

- El embargo de los saldos acreedores y las devoluciones tributarias para asegurar la responsabilidad de PINTURAS LAMAR, SL librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad. 

- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a PINTURAS LAMAR, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En IBIZA/EIVISSA, a dieciocho de Marzo de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA