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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 3693
Modificación del órgano instructor en el procedimiento de subvenciones para el desarrollo de la actividad deportiva de las entidades deportivas inscritas en el Juegos Deportivos Escolares en la temporada 2015-16

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Texto

Ref. BDNS. 302722

El vicepresidente primero y consejero ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes adoptó el día 21 de marzo de 2016 la siguiente resolución:

«Primero.- Modificar las bases y la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de la actividad deportiva de las entidades deportivas inscritas en el Juegos Deportivos Escolares en la temporada 2015-16, en el sentido de que el órgano instructor del procedimiento sea el actual secretario técnico de Cultura, Patrimonio y Deportes, el señor Jaume Colom Adrover.

Segundo.- Ordenar la publicación de estas bases y convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.

Recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada ante la presidencia del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya notificado la resolución, puede interponer el recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta de dicho recurso, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante, puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno, todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. »

Palma, 5 de abril de 2016

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes

Jaume Colom Adrover