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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección primera. Contratación Pública

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

Núm. 3660
Anuncio rescisión contrato bar-restaurante Polideportivo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria urgente, celebrada en fecha 6 de abril 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

  “EXAMEN Y APROBACIÓN RESCISIÓN CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL BAR-RESTAURANTE POLIDEPORTIVO MUNICIPAL “*SES COMES”.-

Se dio lectura a la Propuesta de la Alcaldía, de fecha 1 de abril de 2016, que decía:

“En fecha 29 de diciembre de 2015 (NRS 1065) se comunica a la adjudicataria del contrato administrativo especial del bar-restaurante del Polideportivo municipal “Ses Comes” que visto el incumplimiento reiterado de las obligaciones (pago canon, no presentación de contratos laborales y no presentación de tener los trabajadores de alta a la Seguridad Social) establecidas al contrato firmado en fecha 08/07/2015 se inicia, de acuerdo con el artículo 109 del Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el procedimiento por la rescisión del contrato dando un plazo de diez días naturales para la presentación de las alegaciones oportunas.

Visto que día 08 de enero de 2016 finaliza el plazo por la presentación de  alegaciones.

Visto el certificado del Secretario - Interventor de día 08 de enero de 2016 de que se han presentado alegaciones por el contratista.

Visto el acuerdo de Pleno de día 18 de enero de 2016 aprobando la rescisión del contrato administrativo especial del bar-restaurante del polideportivo municipal “Ses Comes”.

Vista la instancia de día 23 de marzo de 2016 (NRE 481) de la contratista solicitando la rescisión del contrato.

Visto el Dictamen del Consejo Consultivo de las Islas Baleares de día 30 de marzo de 2016 (NRE 488).

De acuerdo con el artículo 109 del Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la resolución se acordará por el órgano de contratación, es decir, el Plenario.

De acuerdo con esto, y según las disposiciones legales vigentes, PROPONGO en el Ayuntamiento Lleno la adopción del presente ACUERDO:

Primero.- Aprobar la resolución del contrato administrativo especial del bar-restaurando del Polideportivo municipal “Ses Comes”.

Segundo.- Incautar la garantía presentada por el adjudicatario 43.126.514 L

Tercero.- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario i al Consell Consultivo de las Islas Baleares.”

Lo que se hace público para general conocimiento, haciendo saber a los interesados que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación.

Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación.

No obstante el anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquiera otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

        Llubí, a 7 de abril de 2016

         

La  Alcaldesa

Magdalena Perelló Frontera