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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MANACOR

Núm. 3603
Divorcio Contencioso 853/2013

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Texto

En el presente procedimiento seguido a instancia de AALI HARDADOU frente a MARIA DEL CARMEN ROMERO GARCIA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

DON JUAN MANUEL GÓMEZ FORKER, Juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de MANACOR, ha visto los presentes autos de JUICIO VERBAL DE DIVORCIO CONTENCIOSO NÚM. 853/2013, siendo partes intervinientes, como demandante, Don/Doña AALI HARDADOU, representado/a y asistido/a por el/la Procurador/a Don/Doña Francisca Riera Servera y el/la Letrado/a Don/Doña María Beltrán Mora; y como demandado/a, Don/Doña MARÍA DEL CARMEN ROMERO GARCÍA, en situación procesal de rebeldía; sin intervención del Ministerio Fiscal; dictándose la presente Sentencia con base en los siguientes

FALLO

Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada, como demandante, por Don/Doña AALI HARDADOU, representado/a y asistido/a por el/la Procurador/a Don/Doña Francisca Riera Servera y el/la Letrado/a Don/Doña María Beltrán Mora; contra, como demandado/a, Don/Doña MARÍA DEL CARMEN ROMERO GARCÍA, en situación procesal de rebeldía; sin intervención del Ministerio Fiscal; DEBO DECLARAR Y DECLARO LA DISOLUCIÓN POR DIVORCIO del matrimonio, con efectos desde la firmeza de esta Sentencia, sin que haya lugar a la fijación de medida definitiva alguna y sin hacer expreso pronunciamiento en costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Y encontrándose dicho demandado, MARIA DEL CARMEN ROMERO GARCIA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

MANACOR a tres de Noviembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL