Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD

Núm. 3635
Emplazamiento a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo PO 67/2016 del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, interpuestos contra la desestimación de un recurso de alzada presentado contra la Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 20 de mayo de 2015 por el que se aprueba el catálogo farmacéutico de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con el oficio de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares se tiene por interpuesto recurso contencioso administrativo contra la desestimación del recurso de alzada presentado contra la Resolución del director general de Gestión Económica y Farmacia de 20 de mayo de 2015 por la que se aprobó el catálogo farmacéutico de las Illes Balears (publicada en el BOIB núm. 86, de 9 de junio de 2015) que se relaciona a continuación:

  • PO 67/2016, interpuesto por Juan Antonio Marí Tur, Antonia Maria Marí Tur, Esther Estrella Vidiella, Juan Tur Viñas, Josefa Torres Torres y Mónica Marí Torres.

En consecuencia, y en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, se emplaza a las personas interesadas en el expediente contencioso administrativo para que puedan personarse como demandadas ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de nueve días, a contar a partir del día siguiente de la presente publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Los interesados deberán comparecer, en legal forma, mediante procurador con poder al efecto, y firma de letrado. Asimismo, se advierte de que en caso de personarse fuera del plazo indicado se les tendrá como parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y en caso de no personarse oportunamente continuará el procedimiento en todos sus trámites, sin que dé lugar a la práctica de notificación alguna.

 

Palma, 29 de marzo de 2016

El director general de Planificación, Evaluación y Farmacia

Benito Prósper Gutiérrez