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AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 3627
Aprobación inicial ordenanza general de subvenciones
El Pleno del Ayuntamiento de Inca, en sesión celebrada el dia treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis, por mayoría absoluta, ha aprobado inicialmente la ordenanza general de subvenciones, en los términos siguientes:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del municipio de Inca conforme al texto elaborado por el Area de Hacienda y Gestión Tributaria.
SEGUNDO.- Someter el expediente a exposición pública mediante la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y el tablón de edictos del Ayuntamiento, durante un plazo de treinta días, a los efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen pertinentes a su derecho.
TERCERO.- En el caso de que no se presenten reclamaciones, la Ordenanza se considerará aprobada definitivamente de forma automática, debiéndose publicar en el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia o de la Comunidad Autónoma.
CUARTO.- Aprobada definitivamente habrá de darse traslado del acuerdo y del texto definitivo de la ordenanza municipal al órgano competente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
De conformidad con lo que dispone el artículo 49 de la Ley de Bases de Régimen Local se expone al público el referido acuerdo, por un período de treinta días, a los efectos de que todos los posibles interesados presenten las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
La Ordenanza general de subvenciones se considera definitivamente aprobado si en el termino referido de treinta días no se presentan reclamaciones. En caso contrario, el Pleno Municipal procederá a la aprobación definitiva de la ordenanza.
Inca, 4 de abril de 2016.
El Alcalde.
Virgilio Moreno Sarrió.