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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 3540
Delegación de competencias

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Texto

Se hace público para general conocimiento que en fecha 04.04.2016 la Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís ha dictado la siguiente Resolución de Alcaldía:

ALCALDÍA PRESIDENCIA

Fecha:   4/4/2016

Número: 2016/291

Materia: Organización

Asunto:  Delegación de competencias

RESOLUCIÓN DE ALCALDIA

Mediante Resolución de Alcaldía núm. 804, de fecha 22 de junio de 2015, se decretaron las delegaciones de las diferentes áreas municipales en los concejales del equipo de gobierno municipal, correspondiente al Sr. Olmo Heras Rodríguez las de participación ciudadana, transparencia y cooperación.

Motivos personales han comportado la renuncia del Sr. Heras al acto de concejal, lo que ha propiciado la entrada en el equipo de gobierno municipal de la Sra. Lluvia Juncadella Blasco. Este cambio implica la modificación o reestructuración de algunas áreas municipales.

A la vista de les consideraciones anteriores, y haciendo uso de les atribuciones que me otorgan el artículo  21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les Bases de régimen local, y el artículo 43 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, RESUELVO:

Primero.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas al Sr. Olmo Heras Rodríguez y a la Primera teniente de Alcaldía,  Teresa Borràs Atienza mediante Resolución de Alcaldía núm. 804, de 22.06.2015.

Segundo.- Delegar en la primera teniente de Alcaldía, Teresa Borràs Atienza las siguientes áreas municipales:

- Área de asuntos sociales,  que comprende personas mayores, sanidad y cementerio.

- Área de cooperación.

Tercero.- Delegar a la concejala Lluvia Juncadella Blasco las siguientes áreas municipales:

- Área de fiestas

- Área de transparencia y participación ciudadana.

Cuarto. Estas delegaciones genéricas abarcan la facultad de dirigir los servicios correspondientes y gestionarlos en general, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Quinto. Las presentes delegaciones saldrán efecto desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB.

Sexto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que celebre."

 

Sant Lluís, 4 de abril de 2016

La Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís
M. Montserrat Morlà Subirats