Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3296
Ejecución de títulos judiciales 29/2016
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000029 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ANA BELEN GUTIERREZ GONZALEZ contra la empresa PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE MALLORCA SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
SSª por ante mí el Secretario RESUELVE:
1º Declarar extinguida la relación laboral que unía a ANA BELEN GUTIÉRREZ GONZÁLEZ con PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE MALORCA SL.
2º Acordar que se abone al trabajador la indemnización de 24.508,90.-euros (21.510,47.-euros por el período anterior al 12-2-12, 3.617 días; y 2.998,43.-euros por el período desde el 12-2-12, 679 días, considerando que las temporadas 2013 y sucesivas tuvieron una duración de 214 días al igual que la 2012). Así como los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha de despido al 20-6-13 que se cuantifican en 648,20.-euros
3º Adviértase al empresario condenado que deberá mantener en alta y con cotización a la Seguridad Social al trabajador hasta el día de la presente resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186 LJS de la LJS).
Así, por este Auto, lo pronuncia, manda y firma, el/la Iltmo. Sr. Magistrado - Juez D. ELENA LILLO PASTOR. Doy fe
Y para que sirva de notificación en legal forma a PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE MALLORCA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Palma de Mallorca.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a once de Marzo de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA