Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PARTICIPACIÓN, TRANSPARENCIA Y CULTURA
Núm. 3380
Resolución de la Consejera de Participación, Transparencia y Cultura por la cual se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Tribunal Balear del Deporte
El artículo 186 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears establece que los y las miembros del Tribunal Balear del Deporte son nombrados y nombradas por consejero o la consejera competente en materia deportiva: tres, a propuesta de la dirección general competente en materia de deportes; tres, a propuesta de la Asamblea Balear del Deporte, y el resto, a propuesta deI llustre Colegio de Abogados de las Illes Balears.
Como consecuencia de ello, se dictó Resolución del consejero de Turismo y Deporte per la cual se dispone el cese de los miembros del Tribunal Balear del Deporte y el nombramiento de los miembros de este Tribunal (BOIB núm. 143 de 18 de octubre de 2014).
El 14 de septiembre de 2015, la señora Olga Oliver Gomila, miembro del Tribunal Balear del Deporte, designada a propuesta de la dirección general competente en materia de deporte, comunicó su renuncia como miembro del mencionado Tribunal.
De acuerdo con el artículo 189.1 de la Ley 14/2006, en el caso de vacante de un o de una miembro titular del Tribunal Balear del Deporte, ésta se cubre de la misma forma en que fue designado el o la miembro vacante.
El 11 de marzo de 2016, el director general de Deportes y Juventud comunicó la propuesta de designación del nuevo miembro del mencionado Tribunal.
Por todo ello, y en virtud de las atribuciones conferidas, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Disponer el cese de la sra. Olga Oliver Gomila como miembro del Tribunal Balear del Deporte y se le agradecen los servicios prestados.
2. Nombrar a la sra. Teresa Espases González como miembro del Tribunal Balear del Deporte.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Participación, Transparencia y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 14 de marzo de 2016
La consejera de Participación, Transparencia y Cultura
Esperança Camps i Barber