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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 3354
Acuerdo de regularización de la situación jurídica de los ficheros con datos de carácter personal, Comptabilitat

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Exp. 1153/2013

Se hace público de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal i con el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, del 21 de diciembre , por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre , de Protección de Datos de Carácter Personal , el Decreto de Alcaldía número 14 de 2016, mediante el cual se acuerda la modificación del fichero creado por Decreto de Alcaldia número 2013-577 de fecha 18/09/2013, de Contabilidad.

Visto que se aprobó mediante Resolución de Alcaldia número 2013-0577 , la creación del fichero de CONTABILIDAD , con el nivel de medidas de seguridad básico.

Visto el escrito de la Agencia Española de Protección de Datos, con registro de salida número 005027/2015 y con el número de registro de entrada del Ayuntamiento de Alaior 2015-RC-E-240, de día 19 de enero de 2015, mediante el cual informan al Ayuntamiento de Alaior, que con respecto al fichero de nombre CONTABILIDAD con finalidad y usos previstos de gestión economico-financiera pública, que los ficheros de los que sean responsables las Administraciones tributarias y que se relacionen con el ejercicio de sus potestades tributarias, de conformidad con los artículos 80 i 81 del Reglamento de desarrollo de la LOPD, el nivel de medidas de seguridad deberá ser MEDIO.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas sólo podrá hacerse mediante disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

A su vez dispone en el artículo 52 del Reglamento que la creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdo publicados en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma,

 

DISPONGO:

PRIMERO. El fichero del Ayuntamiento de Alaior será el contenido en el anexo de este Decreto de Alcaldía.

SEGUNDO. Modificar el fichero creado mediante el Decreto de Alcaldía número 2013-0577 de día 18/09/2013, CONTABILIDAD, anexo I de este Decreto de Alcaldía, estableciendo el nivel de medidas de seguridad en MEDIO, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

TERCERO. El fichero que se recoge en el anexo de este Decreto de Alcaldía se regirá por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

CUARTO. En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, el fichero será notificado para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Decreto de Alcaldía en el BOIB.

QUINTO. El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOIB.

 

 

ANEXO I
Ficheros de nueva creación

Fichero: Contabilidad

a) Identificación del fichero indicando su denominación, descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: CONTABILIDAD.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión economico-financiera pública.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulte obligado a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

b.1) Colectivo: contribuyentes y sujetos obligados, proveedores.

b.2) Procedencia: la propia persona interesada o su representante legal.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, dirección, teléfono, nombre y apellidos, firma y huella.

Otras categorías de carácter personal:

- Datos de información comercial.

- Datos económico-financieros y de seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: no se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero (nivel básico): Ayuntamiento de Alaior.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Alaior.

h) Nivel de medidas de seguridad: medio.

Alaior, a 18 de marzo de 2016

La alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys