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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 3189
Ejecución de títulos judiciales 118/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000118 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ANTONIO ROJO MENCHERO contra la empresa DAVIDE PIETROBELLI, sobre ORDINARIO, se ha dictado en fecha 10.03.16 la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

- La retención de la parte proporcional del sueldo y demás prestaciones que percibe el ejecutado, DAVIDE PIETROBELLI,  de la entidad C CAPITAL IBIZA SLU, hasta cubrir la suma de las responsabilidades reclamadas que ascienden a  267,41 euros de principal  más otros  53,48 euros para intereses y costas, de la ejecución, y ello conforme a la escala prevista en el artículo 607.1 y 2 de la L.E.C.

- Ordenar que dichas cantidades deberán ser ingresadas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Tribunal abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER con el nº 0493-0000-64-0118-15.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a D DAVIDE PIETROBELLI, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Islas Baleares..

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a diez de Marzo de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA