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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 3238
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la autorización de utilización de CDR (LER 19 12 10 y 19 12 12) de origen industrial suministrado por Adalmo SL en cumplimiento de la autorización ambiental integrada de la fábrica de cemento de Lloseta, promovida por Cemex España Operaciones SLU (IPPC M09 / 2015)

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Texto

 En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 10.6 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, sesión de 3 de marzo de 2016,

"Considerando,

1. Que CEMEX España Operaciones SLU ha solicitado la autorización para la utilización de CDR (LER 19 12 10 y 19 12 12) de origen industrial suministrado por ADALMO SL y de origen de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears dentro del ámbito de su AAI.

2. Que la composición de los CDRs proporcionados por ADALMO SL es similar a la de los residuos que la instalación ya está autorizada a gestionar y, además, son de un origen más cercano.

3. Que al tratarse de residuos con un origen industrial, no se encuentran sujetos al Plan Director Sectorial para la Gestión de los Residuos Urbanos de Mallorca, ni el Plan Director Sectorial para la Gestión de los Residuos de Construcción-Demolición, Voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca.

ACUERDA

Otorgar la autorización de utilización de CDR (LER 19 12 10 y 19 12 12) de origen industrial suministrado por ADALMO SL dentro del ámbito de la Autorización Ambiental Integrada de la fábrica de cemento de Lloseta. "

Interposición de recursos.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación del acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Este acuerdo se publica antes de ser aprobada el acta correspondiente y a reserva de los términos que resulten de su aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.

  

Palma, 21 de marzo de 2016

El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias