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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 3220
Creación de un nuevo fichero denominado AGUA y modificación de otros

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Desde la Alcaldía del Ayuntamiento de Es Mercadal, día 22 de marzo de 2016 se ha dictado la siguiente Resolución:

«El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero .- Los ficheros del Ayuntamiento de Es Mercadal serán los contenidos en los anexos de este Decreto de Alcaldía.

Segundo .- Se crean los ficheros incluidos en el ANEXO I de esta/e Decreto de Alcaldía, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero .- Los ficheros incluidos en el ANEXO II de este Decreto de Alcaldía, creados por disposiciones generales anteriores, se adaptarán a las descripciones contenidas en los apartados correspondientes del citado anexo, de acuerdo a lo especificado en el art. 54.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999.

Cuarto .- Los ficheros que se recogen en los anexos de este Decreto de Alcaldía, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Quinto .- En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Decreto de Alcaldía  en el BOIB.

Sexto .- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOIB».

  

Es Mercadal, 22 de marzo de 2016

 

El Alcalde

Francesc Ametller Pons

 

 

ANEXO I

Ficheros de nueva creación

Fichero: AGUA

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: AGUA.

a.2) Finalidad y usos previstos:Gestión del suministro de agua.(Hacienda y gestión económico-financiera [Gestión de facturación]).

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo:

Ciudadanos (ciudadanos y residentes, contribuyentes y sujetos obligados).

b.2) Procedencia:

Interesados(El propio interesado o su representante legal)

Procedimiento de recogida: Formularios

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF / DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

- Entidades financieras (el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una  relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique  necesariamente la comunicación de los datos a terceros.)(bancos, cajas de ahorro y cajas rurales).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

- No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

- Ayntamiento de Es Mercadal.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

- Ayuntamiento de Es Mercadal.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Medio.

  

ANEXO II

Ficheros que se modifican

Órgano responsable: Ayuntamiento de Es Mercadal

Fichero:

GEM,IDI,MER,AMB,POL,MULTAS,CONTRIBUYENTES,GCR,IBI,CEMENTERIOS,PLU,FIS,IAE,PCI

a) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Medio.