Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3049
Juicio de faltas nº 345/2015
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a ARIEL FELIPE GARCIA ARROYABE LA SENTENCIA CUYO FALLO A TENOR LITERAL DICE:
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A ARIEL FELIPE GARCIA ARROYAVE COMO AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE DE UNA FALTA DE HURTO, PREVISTA Y PENADA EN EL ART. 623.1 DEL CODIGO PENAL (SEGÚN REDACCION ANTERIOR A LA REFORMA OPERADA POR LO1/15, 30 DE MARZO) A LA PENA DE 45 DIAS MULTA, CON UNA CUOTA DIARIA DE 6 EUROS; QUEDANDO SUJETO EN CASO DE IMPAGO DE LA MISMA A UNA RESPONSABILIDAD PERSONAL SUBSIDIARIA, PREVIA EXACCION DE SUS BIENES, DE UN DIA DE LOCALIZACION PERMANENTE POR CADA DOS CUOTAS DIARIAS NO SATISFECHAS, CON LA OBLIGACION DE PERMANENER EN SU DOMICILIO.
Y QUE POR VIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL INDEMNICE A CATALINA MARIA MORRO GARCERAN EN LA CANTIDAD QUE RESULTE EN FASE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA, PREVIA VALORACION PERICIAL DEL VALOR ECONOMICO DE LOS CUATRO VIDEOJUEGOS SUSTRAIDOS, OBRANTES AL FOLIO 23 DE LAS ACTUACIONES.
SE DECLARAN DE OFICIO LAS COSTAS DEL PROCEDIMIENTO.
En PALMA DE MALLORCA a 16 de Marzo de 2016.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA