Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2748
Recurso Suplicación 15/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª MARIANO R. UCERO ESTRADES, Letrado de la Administración de Justicia de la Sección 001 de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento RECURSO SUPLICACION 0000015/2016 de esta Sección, seguidos a instancia de D/Dª SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL contra DOÑA JESUSA MENDIBURU SEBA, MARANA RESTAURACIO SL y MUTUA 2008 sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, se han dictado las siguientes resoluciones:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL/DE LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

D/Dª MARIANO R. UCERO ESTRADES

En PALMA DE MALLORCA, a 10 de Febrero de 2016.

La extiendo yo, el Letrado de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 25/01/16 ha tenido entrada en esta Sala el presente recurso de suplicación interpuesto contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social núm. CUATRO de Palma de Mallorca, en los Autos de Juicio Nº 1023/12, así como dichos autos originales. Se registra en el libro correspondiente bajo el núm. 15/16.

En virtud del turno de sustitución conforme al apartado 3º y letra E de las vigentes normas de reparto de 13-01-16, se designa Magistrado Ponente para la resolución de dicho recurso al ILMO D. ANTONI OLIVER REUS, tomándose nota de ello en los Libros de esta Sala.

Pónganse las actuaciones a su disposición del Ilmo. Sr. Magistrado designado, para su estudio y resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación que deberá expresar la infracción que a juicio del recurrente contiene la resolución de conformidad a lo dispuesto en el art. 186 y 187 LRJS.

Y en prueba de ello y para su cumplimiento expido la presente y doy fe.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

PROVIDENCIA MAGISTRADOS

ILMOS. SRES.:

DON ANTONI OLIVER I REUS

PRESIDENTE.

DON ALEJANDRO ROA NONIDE

DON ANTONIO MONSERRAT QUINTANA

MAGISTRADOS.

En PALMA DE MALLORCA, a 16 de febrero de dos mil dieciseis.

Instruido de los Autos al Magistrado designado Ponente para la resolución del presente Recurso y dada cuenta a la Sala del contenido de los mismos, se acuerda admitir a trámite el recurso de suplicación interpuesto por la representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia de fecha 27/04/15, dictada por el Juzgado de lo Social núm. CUATRO de Palma de Mallorca, en los Autos de Juicio nº 1023/2012 y sigan las actuaciones la tramitación correspondiente en el presente Recurso de Suplicación. Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, y haciéndole saber, al recurrente que no tenga reconocida la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de Consignaciones de este Tribunal, abierta en BANESTO, cuenta nº 0446-0000-65-015-16 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del código "30 Social-Reposición".

Lo acordó la Sala y firma el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente.- Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MARANA RESTAURACIO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticinco de Febrero de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA