Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2672
Juicio sobre delitos leves nº 240/2015
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se - notifica a TEODORA LACARAMIOARA PETICA Y JUAN PUJADAS CATEDRA, QUE SE HA DICTADO SENTENCIA NUMERO 25/16, EN LA QUE EL FALLO DICE:
DEBO CONDENAR Y CONDENO A TEODORA LACARAMIOARA PETICA COMO AUTORA PENALMENTE RESPONSABLE DE DELITO LEVE DE LESIONES DEL ARTICULO 147.2 DEL CODIGO PENAL, A LA PENA DE 60 DIAS MULTA, CON UNA CUOTA DIARIA DE 6 EUROS; QUEDANDO SUJETA EN CASO DE IMPAGO DE LA MISMA, A UNA RESPONSABILIDAD PERSONAL SUBSIDIARIA, PREVIA EXACCION DE SUS BIENES, DE UN DIA DE LOCALIZACION PERMANENTE POR CADA DOS CUOTAS DIARIAS NO SATISFECHAS, CON LA OBLIGACION DE PERMANECER EN SU DOMICILIO.
DEBO CONDENAR Y CONDENO A JUAN PUJADAS CATEDRA COMO AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE DE DELITO LEVE DE LESIONES DEL ARTICULO 147.2 DEL CODIGO PENAL , A LA PENA DE 60 DIAS MULTA, CON UNA CUOTA DIARIA DE 6 EUROS; QUEDANDO SUJETO EN CASO DE IMPAGO DE LA MISMA, A UNA RESPONSABILIDAD PERSONAL SUBSIDIARIA, PREVIA EXACCION DE SUS BIENES, DE UN DIA DE LOCALIZACION PERMANENTE POR CADA DOS CUOTAS DIARIAS NO SATISFECHAS, CON LA OBLIGACION DE PERMANECER EN SUD OMICILIO.
DEBO CONDENAR Y CONDENO A TEODORA LACARAMIOARA PETICA Y A JUAN PUJADAS CATEDRA A QUE POR VIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL, DINDEMNICEN DE MANERA CONJUNTA Y SODIARIA A GYONGYI MAROSI EN LA CANTIDAD DE 350 EUROS, CANTIDAD QUE DEVENGARA EL INTERES LEGAL DESDE LA FECHA DE LA PRESENTE RESOLUCION.
En PALMA DE MALLORCA a 19 de Febrero de 2016.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA