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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 2696
Competencias delegadas en la Junta de Govern Local referentes a la explotación de playas

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Texto

En conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas se hace público que el Alcalde del Ayuntamiento de Santa Margalida en el día de hoy ha dictado la siguiente Resolución

“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

COMPETENCIAS DELEGADAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.

En conformidad con lo que prevé el artículo 23 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los artículos 13 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común y los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/86, de 28 de Noviembre

HE RESUELTO

Primero.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones: 

1.º- La declaración de la tramitación urgente de los procedimientos que se describen en esta Resolución, con motivo del inminente inicio de la temporada estival.

2.º- Aprobar el proyecto, el pliego de cláusulas administrativas y el pliego de prescripciones técnicas que tienen que regir el concurso para la autorización por terceros de la autorización de ocupación temporal de bienes de dominio público marítimo-terrestre mediante la instalación y explotación de las hamacas y sombrillas de la playa de Can Picafort, para las temporadas 2016 y 2017, prorrogable hasta dos temporadas más de año en año.

3.º- Aprobar el proyecto y el pliego de cláusulas administrativas que tienen que regir el concurso para la autorización por terceros de la autorización de ocupación temporal de bienes de dominio público marítimo-terrestre mediante la instalación y explotación de las áreas de juegos para niños en la playa de Can Picafort para las temporadas 2016 y 2017, prorrogable anualmente hasta dos temporadas más. 

4.º- Aprobar el proyecto y el pliego de cláusulas administrativas que tienen que regir el concurso para la autorización por terceros de la autorización de ocupación temporal de bienes de dominio público marítimo-terrestre mediante la instalación y explotación del quiosco-bar situado en la playa de Can Picafort para las temporadas 2016 y 2017, prorrogable anualmente hasta dos temporadas más. 

5.º- Aprobar el proyecto, el pliego de cláusulas administrativas y el pliego de prescripciones técnicas que tienen que regir el concurso para la autorización por terceros de la autorización de ocupación temporal de bienes de dominio público marítimo-terrestre mediante la instalación y explotación del quiosco-bar, hamacas y sombrillas de la playa de Son Bauló del término municipal de Santa Margalida, para las temporadas 2016 y 2017, prorrogable hasta dos temporadas más de año en año. 

La presente delegación de competencias es amplia y genérica con inclusión de las facultades de resolver mediante actos administrativos que afecten terceros, los cuales tendrán que indicar que los acuerdos se adoptan por delegación de la Alcaldía. De acuerdo con el artículo 116 de la ley 30/92, corresponde a la misma Junta de Gobierno Local la resolución de los recursos de reposición dictados contra sus acuerdos que ponen fin a la vía administrativa. 

Segundo.- Dar cuenta de esta resolución a la Junta de Gobierno Local y notificarlo a sus miembros en la convocatoria. Dar cuenta de esta resolución al Pleno, en la primera sesión plenaria que se celebre.

Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares las delegaciones que figuran en el presente decreto a la Junta de Gobierno Local.”

Lo que se publica en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

 

Santa Margalida, 9 de marzo de 2016

El Alcalde

Martí A. Torres Valls