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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2679
Area Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna. Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. Servicio Jurídico-Administrativo de Planeamiento. Aprobar realizar los estudios necesarios para modificar el Plan Especial del Terreno en el ámbito propiedad de la Fundación Nazaret y suspender la tramitación y la aprobación de instrumentos de gestión así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas.

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 25/02/2016 aprobó el siguiente acuerdo:

“1º.- Realizar los estudios necesarios para modificar el Plan Especial del Terreno en el ámbito propiedad de la Fundación Nazaret, coincidente con las parcelas  catastrales 78915-10 y 78915-37, y terrenos adyacentes, a fin de lograr una mejora en algunos aspectos de la ordenación, visto el escrito del gerente de Urbanismo de fecha 28-01-16, que se ha transcrito en la parte expositiva. Ver el plano adjunto.

2º.- Suspender, con la duración de un año, en el área que se establece en el punto anterior, la tramitación y la aprobación de instrumentos de gestión (incluida la tramitación de la expropiación por Ministerio de Ley, la advertencia de la cual se tiene por formulada por acuerdo de junta de gobierno de fecha 23-05-07, en relación al espacio libre público calificado en el plan especial del Terreno a obtener por expropiación), así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados y la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en los términos establecidos en el artículo 50 de la LOUS.

3º.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en un diario de los de mayor difusión de las Islas Baleares y en la dirección o el punto de acceso electrónico correspondiente.

4º.- Comunicar el presente acuerdo a los servicios de Gestión Urbanística, de Información Urbanística, Licencias y en la oficina de revisión del PGOU.

5º.- Notificar el presente acuerdo a la fundación Nazaret, propietaria afectada por la suspensión ".

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

El recurso de reposición potestativo, se deberá presentar en el registro General de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palmademallorca.es, o en las dependencias a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según la redacción dada por la Ley 4/1999. Ese recurso se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado, y los arte. 8.1 y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier recurso o acción que se considere conveniente.

Así mismo se publica plano indicativo de las áreas afectadas por la suspensión de tramitaciones. (ver plano anexo)

 

Palma, 04 de marzo de 2016

El Jefe de Departamento
p.d. Decreto de alcaldia núm. 3000/2014, de 26/02/2014
(Boib núm. 30 de 04/03/2014)
Jaume Horrach Font

Documentos adjuntos