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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PARTICIPACIÓN, TRANSPARENCIA Y CULTURA

Núm. 2532
Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Orden por la que se regula la baremación de los resultados deportivos en las competiciones evaluables para la calificación de deportista de alto nivel de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. La memoria del Director General de Deportes y Juventud del 15 de enero de 2016, estableció la necesidad de iniciar el procedimiento de elaboración de una orden que regulara la baremación de los resultados deportivos en las competiciones evaluables para  la calificación de deportista de alto nivel de  las Islas Baleares. El 11 de enero de 2016 se realizó el análisis del impacto normativo de dicho Anteproyecto.

2. El 15 de enero de 2016, la Consejera de Participación, Transparencia y Cultura emitió la resolución por la que se ordenaba el inicio del procedimiento de elaboración de la orden, y designó a la Dirección General de Deportes y Juventud como  órgano responsable de tramitarla. 

Fundamentos de derecho

El artículo 44 de la Ley 4/2001, del 14 de marzo, del Gobierno de las Islas Baleares, que establece que, cuando lo exija la naturaleza de la disposición o lo decida el Consejo de Gobierno o el Consejero competente, el proyecto se ha de someter a información pública. 

Por todo esto, dicto la siguiente 

Resolución 

1. Someter el borrador del Anteproyecto de Orden por la que se regula la baremación de los resultados deportivos en las competiciones evaluables para  la calificación de deportista de alto nivel de  las Islas Baleares, a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Deportes y Juventud, de la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura, calle de l’Uruguai s/n, de Palma y en la página web Participació Ciutadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Islas Baleares 

2. Fijar el plazo para  la información pública en quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las alegaciones se han de presentar a la sede de la Dirección General de Deportes y Juventud situada en la  calle de l’Uruguai, s/n, de Palma, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y han de dirigirse a la Consejería de Participación, Transparencia y Cultura (Dirección General de Deportes y Juventud). 

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medio de soportes telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web Participació Ciutadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Islas Baleares, en  el plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente, ha de emitir una diligencia de las alegaciones presentadas. 

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares  

  

Palma, 4 de marzo de 2016

La consejera de Participación, Transparencia y Cultura

Esperança Camps Barber