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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2529
Resolución del Director General del Ente Público de la Radiotelevisión de las Illes Baleares por la que se aprueban la Convocatoria y las Bases para la selección de un/a Delegado/a de Menorca en el Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. De conformidad con los principios constitucionales rectores para el acceso a la ocupación publica recogidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se convoca la selección de un/a DELEGADO/A DE MENORCA, que consta en la relación de puestos de trabajo del Ente.

2. El artículo 22.3 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, dispone que en la selección de las necesidades de personal directivo profesional del ente del sector público instrumental, deberá atender a los principios de mérito y capacidad, así como a los criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, y se tienen que llevar a cabo mediante los procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia.

3. El Ente Público de Radiotelevisión de les Illes Balears, tiene atribuida en virtud de la Ley 15/2010, de 22 de diciembre del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears, (en adelante EPRTVIB), la regulación y gestión de los servicios de radiodifusión y televisión competencia de esta Comunidad Autónoma. De conformidad con el artículo 23 de la Ley 15/2010, el Director General del EPRTVIB tiene atribuidas funciones ejecutivas entre las que se encuentra la de nombrar con criterios de profesionalidad el personal directivo del EPRTVIB.

Por todo esto, se decide:

1. Aprobar la convocatoria de un proceso selectivo para cubrir el puesto de DELEGADO/A DE MENORCA como personal directivo profesional de naturaleza laboral sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección, regulada por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

2. Aprobar las bases específicas que tienen que regir esta convocatoria y proceso selectivo, de acuerdo con lo siguiente:

a) Requisitos y condiciones generales que las personas interesadas tienen que cumplir a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para ser admitidas en este proceso selectivo.

I.Tener la nacionalidad española o alguna otra nacionalidad en los casos que, de acuerdo con el artículo 57 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, permitan el acceso a la ocupación pública como personal laboral.

II.Haber cumplido los dieciséis años y no superar la edad de jubilación ordinaria establecida legalmente.

III. No haber sido separado, mediante un expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitados de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial.

IV. Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones siguientes: Dirección técnica, programación, coordinación, impulso y evaluación de la actividad de la Delegación de IB3 y representar a la empresa en Menorca. Supervisar la actividad de las contratistas de producción de informativos y programas en coordinación con la dirección de la televisión y de la radio.

V. Estar en posesión del título de licenciatura, diplomatura o grado en el ámbito de las ciencias de la comunicación y similares o en condiciones de obtenerlo en la fecha que acabe el plazo de presentación de las solicitudes o certificar al menos 5 años de ejercicio profesional dentro del sector de la comunicación.

VI.Presentación de un proyecto con propuesta de modelo de gestión para acentuar el peso a implementar en la isla de Menorca de IB3 radio y televisión y objetivos a conseguir en el desarrollo de las tareas del puesto de trabajo (máximo 3 hojas, 1.000 palabras).

b) Solicitudes y documentación

I.La solicitud para tomar parte en este proceso selectivo se tiene que ajustar al modelo que se adjunta en forma de anexo.

II.Todas las solicitudes se tienen que presentar en el Registro del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears, o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

III.Plazo para presentar las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes es de 7 días hábiles a contar desde el día siguiente hábil de la publicación de este documento en el BOIB. Esta publicación tiene que quedar certificada de forma fehaciente.

IV. Documentación. Junto con la solicitud cumplimentada adecuadamente, las personas interesadas tienen que adjuntar:

1.Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en el caso de no tener la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la personalidad.

2.Currículum vitae, actualizado, en el que se harán constar: a) Los datos personales (dirección, teléfono y correo electrónico). b) La formación (titulaciones académicas, estudios, cursos, seminarios, publicaciones, idiomas, otros). c) La experiencia profesional (con descripción de entidades, puestos ocupados y tiempo). Dichos conocimientos y la experiencia profesional se tienen que acreditar mediante la aportación del título o certificación correspondiente, original y fotocopia para compulsar o fotocopia compulsada.

3. El proyecto indicado en el punto 2.a.VI anterior.

c) Órgano competente para la selección. La Comisión de selección estará integrada por tres miembros, dos de los cuales serán nombrados por la persona titular de la Consellería de adscripción del EPRTVIB como Presidente y Secretario de la Comisión y un tercer miembro por el Director General del EPRTVIB como vocal de esta Comisión. Esta Comisión no puede actuar sin la asistencia de la mayoría de sus miembros y en cualquier caso deberan estar presentes el presidente y el secretario. La Comisión puede estar asistida por asesores para la mejor evaluación de los candidatos.

Los miembros nombrados son:

  • El Sr. Luís Abardia Pazos , como Presidente
  • La Sra. Teresa Espases González, como suplente Presidenta.
  • El Sr. Roger Blascos Gual, como Secretario.
  • La Sra. Francisca Villarino Panero, como suplente Secretaria.
  • El Sr. Jordi Calleja Cortés, como vocal.
  • El Sr. José Manuel Fernández Zapata, como suplente del vocal.

d) Los méritos a valorar tendrán que estar en consonancia con las funciones descritas en el apartado 2.a) IV de este documento y las competencias propias del puesto del personal directivo profesional convocado. 

La valoración de los méritos se hará en relación con los estudios universitarios o de posgrado de los candidatos, la experiencia profesional en medios de comunicación (se valorará especialmente el sector audiovisual), la experiencia en funciones de mando de equipos y el conocimiento del entorno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de la lengua catalana y en base al proyecto presentado.

e) Entrevista personal obligatoria. Se realizará a los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos de la convocatoria. Esta entrevista tiene que estar dirigida únicamente a valorar si el candidato responde al perfil del puesto, a los requisitos objetivos y competencias específicas que determinan la adaptación al puesto y su desarrollo.

f)El artículo 22.6 de la Ley 7/2010 establece que los contratos que se subscriban en relación a este personal profesional directivo tienen que prever expresamente que el cese del órgano que suscriba el contrato en nombre de la entidad implique la extinción de la relación laboral, ya sea de manera inmediata, ya sea diferida a una fecha cierta a contar desde el cese de aquel órgano.

Por lo tanto, la duración de la contratación que resulte de este procedimiento selectivo tiene que ir en consonancia con la duración del mandato del cargo que lleve a cabo la contratación. En consecuencia, no se pueden formalizar contratos cuya duración se prevea que se prolongue más de tres meses desde la finalización de la legislatura correspondiente, y será necesaria la autorización previa del Consejo de Gobierno en el supuesto de que la formalización sea por un periodo superior. (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2001, BOIB núm. 44 de 12 de abril de 2001).

g) La Comisión de selección aplicará en la valoración de los candidatos los principios de igualdad, mérito y capacidad, en relación con la idoneidad, competencia profesional y la experiencia de acuerdo con la actividad a desarrollar. Una vez se haya entrevistado a todos los candidatos admitidos, la Comisión presentará un informe de evaluación de todos los candidatos admitidos al órgano competente para el nombramiento del directivo profesional, quien resolverá de forma motivada. Esta resolución por la cual se designa la persona seleccionada se publicará en la página web de IB3 y en el BOIB.

Contra esta decisión se puede interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente hábil a su publicación en el BOIB ante este mismo órgano, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Así mismo, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo que prevén los artículos 8.2. a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Calvià,  25 de febrero de 2016

El Director general del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears
Andreu Manresa i Monserrat

 

ANEXO
SOLICITUD DE ADMISIÓN

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE  

DNI 

SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA DE: 

DELEGADO/A DE MENORCA   DEL ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS

_____________________,   __________   DE  ____________________________    DE  2016

FIRMA

Resguardo para el interesado 

(  ) RESGUARDO DE SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA DE DELEGADO/A DE MENORCA DEL ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS 

Si la solicitud se presenta en otro registro que no sea el del Ente Público de la Radiotelevisión de las Illes Balears, se enviarán al correo rrhh@ib3tv.com  los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos
  • Lugar y fecha de presentación de la solicitud
  • Lugar y puesto de trabajo al que se presenta

El listado provisional y el listado definitivo de admitidos, la fecha de la entrevista y la designación de la persona seleccionada se publicará en nuestra página web www.ib3tv.com en el apartado corporativo, sección tablón de anuncios.