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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2173
Procedimiento ordinario 1311/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001311 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª BASILIO MAMANI LOAYZA contra la empresa  BEATRICE KRUG, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA Nº 105/2016

En Palma de Mallorca, a diecinueve de febrero de dos mil dieciséis.

Vistos por mí, Dª. Helena Aniorte Conesa, Jueza del Juzgado de lo Social nº 2 de esta ciudad, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 1311/2013 seguido a instancias de D. BASILIO MAMANI LOAYZA, representado por el Letrado D. Pablo Alonso de Caso Lozano, contra la empresa BEATRICE KRUG, S.L., no comparecida, con citación del Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, paso a dictar sentencia conforme a los siguientes

FALLO

Que DESESTIMANDO la demanda formulada a instancias de D. BASILIO MAMANI LOAYZA, representado por el Letrado D. Pablo Alonso de Caso Lozano, contra la empresa BEATRICE KRUG, no comparecida, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a la empresa demandada y al FOGASA de las pretensiones dirigidas en su contra en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe interponer recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  BEATRICE KRUG, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de Febrero de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA