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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 21 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1636
Juicio verbal 393/2015 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA: 00011/2016

En Palma, a 8 de febrero de 2016.

Vistos por mí, Dª CRISTINA ESCRIBANO GONZÁLEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Palma de Mallorca y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal nº 393/2015, en materia de reclamación de cantidad derivada de reconocimiento de deuda , instados por Fª MARIA LORETO RAMÍREZ JUSTICIA, cuya representación se ejerce por el Procurador de los Tribunales, D. Xim Aguiló de Cáceres Planas y su defensa por el Letrado, D. Pedro Miguel Casado Delgado contra D. ANDREAS JOSEF BOCKMANN y Dª DANIELA BOCKMANN, en situación de rebeldía procesal, ha recaído sobre los mismos la presente resolución judicial.

FALLO

ESTIMO íntegramente la demandada formulada por el Procurador de los Tribunales, D. Xim Aguiló de Cáceres Planas, en nombre y representación de Dª Mª LORETO RAMÍREZ JUSTICIA, contra D. ANDREAS JOSEF BOCKMANN y Dª DANIELA BOCKMANN y en consecuencia, Debo CONDENAR y CONDENO a los demandados a abonar a la parte actora la cantidad de 4.088 euros, más los intereses legales devengados por la referida cantidad desde la interposición de la demanda (12/05/2015) y hasta la fecha de la presente resolución y a partir de esta los establecidos en el art. 576 Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todo ello, con expresa imposición de las costas al demandado.

Líbrese testimonio de la presente resolución para unirlo a las actuaciones, incorporando el original al Libro de Sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles sabe que contra la misma, cabe interponer Recurso de Apelación en el plazo máximo e improrrogable de VEINTE DÍAS, en la forma que determina el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta su Sentencia, lo acuerda, manda y firma SSª CRISTINA ESCRIBANO GONZÁLEZ, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Palma de Mallorca y su Partido. Doy fe

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue leída y publicada por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública, el día de la fecha; doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de DOÑA DANIELA BOCKMANN, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En PALMA DE MALLORCA, a diez de Febrero de dos mil dieciséis.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICIAL