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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2393
Acuerdo del Consejo de Dirección del Servicio de Salud de las Islas Baleares por el que se autoriza la donación de la asociación Na Marga Somriu al Servicio de Salud de las Islas Baleares de mobiliario, cartelería y figuras en 3D del proyecto “Bosc Encantat”

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Texto

Antecedentes

1. Con fecha de 12 de mayo de 2014, el director gerente del Hospital Universitario de Son Espases solicitó a la Consejería de Salud la tramitación de un expediente administrativo para formalizar la donación de mobiliario, cartelería y figuras en 3D del proyecto “Bosc Encantat” por parte de la asociación Na Marga Somriu.

2. El 18 de junio de 2014 tuvo entrada en el Registro de la Consejería de Salud un escrito —con documentación adjunta— firmado por la señora Juana María Cañellas Negre, vicepresidenta de la asociación Na Marga Somriu, en el que manifestaba la voluntad de la asociación de donar mobiliario, cartelería y figuras en 3D del proyecto “Bosc Encantat”, bienes ubicados en la zona pediátrica oncológica del Hospital Universitario de Son Espases. Los bienes que son objeto de la donación:

  • Asiento-banco redondo con búho y zorro, de 2,7 m de alto y 2 m de diámetro.
  • Casita de pitufo con chimenea y dos ventanas de altura aproximada de 1,8 m.
  • Caracol sin ruedas de 0,7 m de alto y 1,2 de largo.
  • Rana agujereada lanzapelotas de 0,6 m de ancho.
  • Dos unidades de dragones de 0,9 m de largo.
  • Dos unidades de banco que simulan troncos de 1,5 m de largo.
  • Dos unidades de letrero multicolor de 1,85 m.
  • Un conjunto de margaritas y mariposas.
  • Dos pizarras magnéticas.
  • Mobiliario diverso “casa taller”.

3. En el expediente consta una copia de una factura de los bienes, por un importe total de 7.260,00 €.

4. Asimismo, en el expediente administrativo figura una copia de los Estatutos de la asociación Na Marga Somriu, inscritos en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares. Se transcribe su artículo 2:

Artículo 2. Finalidad

Las finalidades de la asociación son la generación de recursos que se destinarán a mejorar las estancias hospitalarias de aquellos enfermos (especialmente niños) hospitalizados, y sus familiares o cuidadores.

Para conseguir dichas finalidades, se desarrollarán las actividades siguientes:

  • Mejora, decoración y acondicionamiento de espacios comunes ubicados en el Hospital, tales como salas de juego, salas destinadas al descanso de familiares y cuidadores, salas de espera, terrazas cubiertas, pasillos, y cualquier otro espacios susceptibles de ser mejorados.
  • Realización de proyectos de actividades o iniciativas lúdicas (talleres, música, pintura, juegos didácticos) y cualquier otra actividad para mejorar la estancia del paciente.
  • Apadrinamiento de un payaso de Sonrisa Médica.
  • Y cualquier otra iniciativa dirigida a la humanización y mejora de las estancias de las personas hospitalizadas, especialmente la de los niños.

Se excluye cualquier ánimo de lucro.

5. El 23 de abril de 2015, el jefe del Departamento Jurídico Administrativo emitió un informe jurídico sobre la donación del mobiliario en cuestión.

6. El 11 de febrero de 2016, el director de Gestión del Hospital Universitario Son Espases expidió un certificado con relación a los bienes muebles en cuestión.

7. El 12 de febrero de 2016, el subdirector de Presupuestos y Control del Gasto del Servicio de Salud emitió un informe favorable sobre la donación.

Fundamentos de derecho

1. Código civil, aprobado por el Real decreto de 24 de julio de 1889.

2. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3. Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares.

6. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas.

7. Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

8. Real decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.

9. Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001.

10. Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.

11. Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

12. Decreto 81/2015, de 25 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

13. El resto de disposiciones aplicables.

Por todo lo anterior y de conformidad con el artículo 6.j del Decreto 39/2006, el Consejo de dirección, en su sesión del 22 de febrero de 2016, adoptó el siguiente

 

Acuerdo

1. Se autoriza la donación de la asociación Na Marga Somriu (NIF G-57834194) de los ítems que figuran en la lista del punto 2 del apartado “Antecedentes”, pertenecientes al proyecto “Bosque Encantado”, con la finalidad específica de que permanezcan instalados en la terraza cubierta y en la sala multiusos de familias contigua ubicadas en la zona pediátrica oncológica del Hospital Universitario Son Espases.

2. La donataria tiene las obligaciones siguientes:

  • Instalar las figuras de acuerdo con las medidas de seguridad preceptivas.
  • Llevar a cabo las labores de conservación.
  • Asumir la responsabilidad del uso correcto de las figuras, con total indemnidad de la asociación Na Marga Somriu.
  • Respetar el destino que ha causalizado la donación, es decir, la ubicación de las figuras en la zona de pediatría oncológica del Hospital Universitario Son Espases.

El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones facultará a la asociación Na Marga Somriu a solicitar la reversión de la donación, con lo que recuperaría la plena disponibilidad de los bienes.

3. La asociación Na Marga Somriu se reserva expresamente los derechos de propiedad intelectual sobre las figuras donadas. No obstante, autoriza el uso de las imágenes que reproduzcan las figuras del proyecto “Bosc Encantat” siempre que estén dirigidas a divulgar las tareas de humanización de las estancias hospitalarias y se haga mención expresa tanto a la donación efectuada por Na Marga Somriu como a la persona inspiradora del proyecto, la señora Marga Cañellas.

 

4. Este acuerdo debe notificarse a la asociación Na Marga Somriu.

5. Este acuerdo debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 22 de febrero de 2016

La presidenta del Consejo de Dirección

Patricia Juana Gómez i Picard