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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 2348
Resolución de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 312 (antiguo núm. 308) situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, a la Asociación de Celíacos de las Islas Baleares (DGTPFP / SP 54/2016)

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Texto

Antecedentes

1. El Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el edificio situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, por un periodo de 99 años, mediante un convenio suscrito el 15 de mayo de 1995 y aprobado en fecha del 4 de mayo de 1995 por el Consejo de Gobierno.

2. En fecha 30 de abril de 2004, el entonces consejero de Economía, Hacienda e Innovación y la secretaria de la Asociación de Celíacos de las Islas Baleares firmaron un convenio, junto con un acta de entrega, en virtud del cual la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares cedía a la otra parte el uso de un espacio dentro del inmueble situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, por un período de cuatro años a contar desde el día 1 de mayo de 2004 hasta el día 30 de abril de 2008, prorrogable expresamente en períodos de cuatro años.

3. La Resolución del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación en la que autorizaba la cesión mencionada se publicó en el BOIB núm. 58, de 27 de abril de 2004.

4. Por este motivo, en fecha 2 de febrero de 2016, la consejera de Salud propone al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, que inicie el expediente de prórroga por un período de cuatro años del Convenio de cesión gratuita y temporal de uso del despacho núm. 312 (antiguo núm. 308), suscrito con la Asociación de Celíacos de las Islas Baleares, ubicado en la tercera planta del inmueble del Casal Ernest Lluch, en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, que vence el 30 de abril de 2016.

5. Por último, la secretaria general de la Consejería de Salud, ha enviado al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, mediante un oficio con fecha de entrada de 11 de febrero de 2016, el expediente de prórroga para el periodo de tiempo que va desde el 1 de mayo de 2016 hasta el 30 de abril de 2020.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63, 64 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 49, de 24 de abril)

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 192, de 24 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 44, de 3 de abril).

4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

6. El Decreto 71/2015, de 17 de julio, por el que se nombra Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 108, de 17 de julio).

Propuesta de resolución

Propongo a la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la parte del inmueble situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, que se cedió a la Asociación de Celíacos de las Islas Baleares mediante el convenio de 30 de abril de 2004, para el período de tiempo que va desde el 1 de mayo de 2016 hasta el 30 de abril de 2020.

2. Establecer, para la cesión, las siguientes condiciones:

a) Se mantienen, para la cesión, las mismas condiciones estipuladas en el convenio de cesión de 30 de abril de 2004.

b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación de la cesionaria de devolver el objeto de la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares al término del plazo establecido.

c) Si los bienes y derechos cedidos no se destinan al uso previsto en el acto que autorice la cesión o dejan de destinarse a ello posteriormente, la cesión se considerará revocada y revertirá a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que tiene derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.

3. Notificar la resolución a la Consejería de Salud y a la Asociación de Celíacos de las Islas Baleares.

4. Anotar la cesión de uso gratuita y temporal en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma de Mallorca, 22 de febrero de 2016

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Francesc Colom Coll

De acuerdo con la propuesta. Dicto resolución.
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí