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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 2327
Notificación del acuerdo del Consell Executiu de fecha 21 de diciembre de 2015 por el cual se aprobó la propuesta de la consellera ejecutiva del Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación en relación con la resolución del expediente de ayudas destinadas a asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza para el año 2015

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Texto

ANTONI RIERA BUFORN, SECRETARIO DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

CERTIFICA:

Que en la reunión extraordinaria y urgente de fecha 21 de diciembre de 2015 del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, sus miembros acordaron aprobar, por unanimidad, previa declaración de urgencia, la siguiente propuesta:

“(...)

3. Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación en relación con la resolución del expediente de ayudas destinadas a asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza para el año 2015
En relación con el asunto de referencia, y habiéndose presentado las siguientes propuestas: 

Propuesta primera:

“Atendiendo lo que disponen las Bases Reguladoras de las ayudas destinadas a asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza, publicadas al BOIB núm. 137 de fecha 17/09/2015, que establecen el marco regulador para la concesión de ayudas destinadas a asociaciones de vecinos en la isla de Ibiza, en conformidad con el presupuesto vigente del Consejo Insular de Ibiza para el año 2015.

Visto el expediente administrativo núm. DTP 3/2015.

Atendiendo el formulario de retención de créditos. 

Vista el acta de la Comisión evaluadora de 3 de diciembre de 2015, reunida al objeto de determinar, analizar, valorar y proponer los importes a subvencionar a las asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza, que forman parte de este expediente.

Visto el informe propuesta de fecha 9 de diciembre de 2015

Atendiendo aquello que disponen el artículo 72 del Reglamento Orgánico del CIE, el Decreto de Presidencia núm. 285/2015, de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de Departamentos (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015, corrección de errores BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), el Decreto de Presidencia núm. 286/2015, de nombramiento de consejeros ejecutivos y de las consejeras ejecutivas del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015) y, el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), y en concreto, respecto de este último decreto, el punto segundo apartado d. 

En virtud de todo lo anterior, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización, preceptivo y necesario, de la intervención de la corporación, y para el caso que el mencionado informe sea favorable y de conformidad propone a la consejera ejecutiva del Departamento de Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación que eleve al Consejo Ejecutivo la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- Aceptar la desistimiento del procedimiento de la Comisión de fiestas de Nuestra Señora de Jesús.
SEGUNDO.- Denegar la subvención solicitada, de acuerdo con el apartado octavo de las bases, a la Asociación de Vecinos de San Pablo puesto que, vista la liquidación de ingresos y gastos presentada mediante RGE núm. 26.241, de 25 de noviembre, en especial en cuanto a la subvención otorgada por el Ayuntamiento de Ibiza, los ingresos superan el gasto subvencionable.

TERCERO.- Conceder la subvención de las cantidades siguientes:

1.- ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE CALA DE BOU DES TORRENT: 3.500 €

2.- ASOCIACIÓN DE VECINOS SANO ARRABAL: 2.178 €

3.- ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS SE HOYO DE IBIZA: 3.249,07 €

4.- ASOCIACIÓN DE VECINOS SE MOLINO: 3.500 €

5.- COMISIÓN DE FIESTAS DE SAN JUAN DE LABRITJA: 3.500 €

6.- GRUPO VECINAL TRES BARRIOS: 2.828,15 €

7.- COMISIÓN DE FIESTAS DE SANTO MIQUEL DE BALANSAT: 3.500 €

8.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE SANT MATEU DE AUBARCA: 3.500 €

9.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE CORONA: 2.602,11 €

10.- ASOCIACIÓN CULTURAL SANT LLORENÇ DE BALÀFIA: 3.500 €

11.- ASOCIACIÓN DE VECINOS Y FIESTAS DE PORTINATX: 3.500 €

12.- GRUPO CULTURAL SAN VICENTE DE SANO CALA: 3.500 €

13.- ASOCIACIÓN DE VECINOS LA UNIÓN DE SAN CARLOS: 3.500 €

14.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE SANTO AGUSTÍ DES VEDRÀ: 3.040,55 €

15.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE SES FIGUERETES: 3.500 €”

El Consejo Ejecutivo hace suya la propuesta y lo aprueba por unanimidad.

Propuesta segunda con declaración previa de urgencia:

“Atendiendo lo que disponen las Bases Reguladoras de las ayudas destinadas a asociaciones de vecinos en la isla de Ibiza, publicadas al BOIB núm. 137 de fecha 17/09/2015, que establecen el marco regulador para la concesión de ayudas destinadas a asociaciones de vecinos en la isla de Ibiza, en conformidad con el presupuesto vigente del Consejo Insular de Ibiza para el año 2015.

Visto el expediente administrativo núm. DTP 3/2015.

Atendiendo el formulario de retención de créditos. 

Vista el acta de la Comisión evaluadora de 3 de diciembre de 2015, reunida al objeto de determinar, analizar, valorar y proponer los importes a subvencionar a las asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza, que forman parte de este expediente.

Visto el informe propuesta de fecha 21 de diciembre de 2015.

Dado que revisada la documentación presentada por las diferentes asociaciones únicamente se han justificado debidamente gastos por los importes que seguidamente se señalan (todo de acuerdo con aquello previsto en la base 4, apartado 'Justificación y pago', en relación con la base décima), en consecuencia, sólo se los puede reconocer la obligación de pago por estas cantidades.

Atendiendo aquello que disponen los artículo 72 del Reglamento Orgánico del CIE, el Decreto de Presidencia núm. 285/2015, de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de Departamentos (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015, corrección de errores BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), el Decreto de Presidencia núm. 286/2015, de nombramiento de consejeros ejecutivos y de las consejeras ejecutivas del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015) y, el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), y en concreto, respecto de este último decreto, el punto segundo apartado d. 

Dado que disponen los artículos 72 del Reglamento Orgánico del CIE, el Decreto de Presidencia núm. 285/2015, de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de Departamentos (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015, corrección de errores BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), el Decreto de Presidencia núm. 286/2015, de nombramiento de consejeros ejecutivos y de las consejeras ejecutivas del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015) y, el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), y en concreto, respecto de este último decreto, el punto segundo apartado d.

En virtud de todo lo anterior, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario, de la intervención de la corporación, y para el caso que el mencionado informe sea favorable y de conformidad se eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente 

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- Reconocer la obligación de pago, previa la tramitación oportuna, con cargo a la aplicación presupuestaria 9240-48909,de las cantidades siguientes

1.- ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE CALA DE BOU DES TORRENT: 639,79 €

2.- ASOCIACIÓN DE VECINOS SANO ARRABAL: 0 €

3.- ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS SE HOYO DE IBIZA: 1.573 €

4.- ASOCIACIÓN DE VECINOS SE MOLINO: 2.136,28 €

5.- COMISIÓN DE FIESTAS DE SAN JUAN DE LABRITJA: 2.162,3 €

6.- GRUPO VECINAL TRES BARRIOS: 0 €

7.- COMISIÓN DE FIESTAS DE SANTO MIQUEL DE BALANSAT: 3.500 €

8.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE SANT MATEU DE AUBARCA:3.500 €

9.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE CORONA: 459,8 €

10.- ASOCIACIÓN CULTURAL SANT LLORENÇ DE BALÀFIA: 3.500 €

11.- ASOCIACIÓN DE VECINOS Y FIESTAS DE PORTINATX: 970,76 €

12.- GRUPO CULTURAL SAN VICENTE DE SANO CALA: 1.999,26 €

13.- ASOCIACIÓN DE VECINOS LA UNIÓN DE SAN CARLOS: 31,62 €

14.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE SANTO AGUSTÍ DES VEDRÀ: 2.140,55 €

15.- ASOCIACIÓN DE VECINOS DE SES FIGUERETES: 2.415,08 €

SEGUNDO.- Se tendrá en cuenta lo siguiente:

Esta subvención será compatible con otras ayudas, pero en ningún caso el importe de otras subvenciones o ayudas, públicas o privadas, puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.

Son obligaciones del beneficiario las previstas a la Ley general de subvenciones y al Texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB, sobre todo el que disponen sus artículos 14 y 11 respectivamente; y el resto de normativa aplicable. Tendrá que someterse a las actuaciones de comprobación que lleven a cabo, si es el caso, los órganos competentes.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente por parte del beneficiario puede dar lugar al régimen de infracciones y sanciones previsto legalmente.”

El Consejo Ejecutivo hace suya la propuesta y lo aprueba por unanimidad.

(...)”

Y porque así conste y abre al expediente, con la advertencia y reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, expide y sign esta certificación, en Ibiza, el día 22 de diciembre de 2015.

Visto y aprobado, El presidente, Vicente Torres Guasch

 

Eivissa, 2 de març de 2016

 

El secretari tècnic de Transparència, Bon Govern, TIC, Benestar Social, Sanitat i Participació Ciutadana

Federico Lidiano Rey Castelló