Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 2326
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación de las tablas salariales del Convenio colectivo de la Empresa Hispanomoción, SA (exp.: CC_TS_02/100, código de convenio 07100091012014
Antecedentes
1. El día 26 de marzo de 2015, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Empresa Hispanomoción, SA, acordó y suscribió el Acta de aprobación de las tablas salariales a partir del 31 de diciembre de 2014.
2. El día 22 de abril, el señor Juan Andrés García Alonso, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Empresa Hispanomoción, SA, de aprobación de las tablas salariales a partir del 31 de diciembre de 2014, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.
2. Notificar esta resolución a la Comisión Negociadora.
3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es su traducción.
4. Publicar el Convenio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de noviembre de 2015
La directora general de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral
Isabel Castro Fernández
Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria (BOIB 105/2015)
ACTA ACTUALIZACIÓN TABLA SALARIAL 2015
En Palma de Mallorca, siendo las 17:30 horas del día 26 de marzo de 2015, se reúnen los representantes que se detallan a continuación:
POR LA REPRESENTACIÓN
EMPRESARIAL:
D. Eduardo Pons Riu
Dña. Silvia Llinás Solivellas
POR LA REPRESENTACION SOCIAL:
Dª Laura Ramos Ratia
D. Joaquín Gómez Navalón
1º) Actualización de salarios a 31/12/2014
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26° del Convenio Colectivo de Hispanomoción, se aplicará a 31 de diciembre de 2014 el lPC acumulado del año 2014. En vista de que el IPC real de 2014 ha resultado negativo (-1%), los niveles salariales de convenio se mantienen en las mismas cuantías que para el año precedente.
Los importes de los niveles salariales de Convenio se recogen ANEXO a la presente acta.
2º) Otros conceptos a 31/12/2014
Los restantes conceptos que se contienen en el mencionado ANEXO, se mantienen en las mismas cuantías que el año precedente por resultar el IPC real de 2014 negativo (-1%).
3º) Prima de Objetivos 2014.
La RE presenta los resultados relativos a los objetivos considerados para el devengo de la Prima de Objetivos 2014, que arrojan un 75,32% de consecución, lo que supone un 1,13% sobre salario de referencia.
Al no haberse alcanzado el 80% de cumplimentación en todos los objetivos establecidos, no se produce el devengo de la Prima Suplementaria de evolución del lPC real, aunque en este caso ello no es relevante dado que el IPC ha sido negativo.
Se acompaña al Acta ANEXO con el resumen de cumplimentación de los objetivos 2014.
4°) Prima de Objetivos 2015
La RE informa que la Prima de 2015 todavía no ha sido determinada por lo que indica que se comunicará al Comité en cuanto esté establecida.
5°) Apoderamiento
Ambas partes acuerdan apoderar a D. Juan Andrés García Alonso y a D. Darío del Pozo Vega para que realicen los trámites oportunos para la presentación, inscripción y depósito del presente Acta en el Registro de Convenios Colectivos correspondiente.
Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, en el lugar y fecha del encabezamiento
Tabla salarial a partir de 31/12/2014
SALARIO DE CONVENIO (Art. 24º)
Niveles |
Cuantía |
---|---|
8 |
23.069,00 |
7 |
20.561,50 |
6 |
18.655,80 |
5 |
17.552,50 |
4 |
16.649,80 |
3 |
15.747,10 |
2 |
14.844,40 |
1 |
14.042,00 |
VALOR HORA EXTRAORDINARIA (Art. 30º)
Niveles |
Cuantía |
---|---|
8 |
12,50 |
7 |
12,50 |
6 |
12,50 |
5 |
12,50 |
4 |
12,50 |
3 |
12,50 |
2 |
11,05 |
1 |
11,05 |
Plus Transporte (art. 27º) |
330 € |
BENEFICIOS SOCIALES
Complemento de jubilación (art. 32º): |
197,41 € |
Prima de sustitución |
148,50 € |
Capitales de seguro de Vida (art. 33º): |
20.721,72 € |
Derivado de accidente |
38.970,41 € |
Derivado de accidente en misiones de servicio |
48.695,99 € |
Premio de nupcialidad/natalidad (art. 41º): |
206,42 € |
Ayuda por familiar discapacitado (art. 35º): |
206,42 € |
Fondos Sociales (art. 37º) |
1.500,00 € |
Fondo de préstamos (art. 37º) |
6.018,00 € |