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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 2324
Notificación del acuerdo del Consell Executiu de fecha 21 de diciembre de 2015 por el cual se aprobó la propuesta de la consellera ejecutiva del Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación en relación con la resolución del expediente de ayudas destinadas a asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza para el año 2015

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Texto

ANTONI RIERA BUFORN, SECRETARIO DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

CERTIFICA:

Que en la reunión extraordinaria y urgente de fecha 21 de diciembre de 2015 del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, sus miembros acordaron aprobar, por unanimidad, previa declaración de urgencia, la siguiente propuesta:

“(...)

2. Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación en relación con la resolución del expediente de ayudas destinadas a asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza para el año 2015

En relación con el asunto de referencia, y habiéndose presentado las siguientes propuestas:

Propuesta primera:

“Atendiendo a lo que disponen las Bases Reguladoras de las ayudas destinadas a asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza, publicadas en el BOIB núm. 137 de fecha 17/09/2015, que establecen el marco regulador para la concesión de ayudas destinadas a asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza, en conformidad con el presupuesto vigente del Consejo Insular de Ibiza para el año 2015.

Visto el expediente administrativo núm. DTP 2/2015.

Atendiendo el formulario de retención de créditos.

Vista el acta de la Comisión evaluadora de 27 de noviembre de 2015, reunida al objeto de determinar, analizar, valorar y proponer los importes a subvencionar a las asociaciones de inmigrantes de la isla de Ibiza, que forman parte de este expediente.

Visto el informe propuesta de fecha 9 de diciembre de 2015.

Dado lo que disponen los artículos 72 del Reglamento Orgánico del CIE, el Decreto de Presidencia núm. 285/2015, de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de Departamentos (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015, corrección de errores BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), el Decreto de Presidencia núm. 286/2015, de nombramiento de consejeros ejecutivos y de las consejeras ejecutivas del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015) y, el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), y en concreto, respecto de este último decreto, el punto segundo apartado d.

En virtud de todo lo anterior, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización, preceptivo y necesario, de la intervención de la corporación, y para el caso que el mencionado informe sea favorable y de conformidad propone a la consejera ejecutiva del Departamento de Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación que eleve al Consejo Ejecutivo la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- Excluir del procedimiento a la entidad WABIZA dado que visto el artículo 2 de los estatutos de la asociación, se desprende claramente que los fines de la asociación así como sus actividades no están destinadas a los colectivos de inmigrantes.
Segundo.- Conceder la subvención a las siguientes entidades:

1.- AGRUPACIÓN DE ARGENTINOS EN IBIZA Y FORMENTERA, con NIF núm. G57250532: 2.600 € (dos mil seiscientos euros).

2.- ASOCIACIÓN CULTURAL ARGENTINO BALEAR, con NIF núm. G-57566317: 2.600 € (dos mil seiscientos euros).

3.- ASOCIACIÓN DE RESIDENTES SENEGALESAS IBIZA Y FORMENTERA, con NIF núm. G57212946: 2.600 € (dos mil seiscientos euros).

4.- ASOCIACIÓN DE ECUATORIANOS DE IBIZA Y FORMENTERA, con NIF núm. G57573248: 2.600 € (dos mil seiscientos euros).

5.- ASOCIACIÓN RAICES ESLAVAS, con NIF núm. G57897282: 2.600 € (dos mil seiscientos euros).

6.- ASOCIACIÓN DE PARAGUAYOS EN IBIZA, con NIF núm. G57340093: 2.600 € (dos mil seiscientos euros).”

El Consejo Ejecutivo hace suya la propuesta y la aprueba por unanimidad.

Propuesta segunda con declaración previa de urgencia:

“Atendiendo a lo que disponen las Bases Reguladoras de las ayudas destinadas a asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza, publicadas en el BOIB núm. 137 de fecha 17/09/2015, que establecen el marco regulador para la concesión de ayudas destinadas a asociaciones de inmigrantes en la isla de Ibiza, en conformidad con el presupuesto vigente del Consejo Insular de Ibiza para el año 2015.

Visto el expediente administrativo núm. DTP 2/2015.

Atendiendo al formulario de retención de crédito.

Vista el acta de la Comisión evaluadora de 27 de noviembre de 2015, reunida al objeto de determinar, analizar, valorar y proponer los importes a subvencionar a las asociaciones de inmigrantes de la isla de Ibiza, que forman parte de este expediente.

Visto el informe propuesta de fecha 21 de diciembre de 2015.

Dado que revisada la documentación presentada por las diferentes asociaciones únicamente se han justificado debidamente gastadas por los importes que seguidamente se señalan (todo de acuerdo con aquello previsto en la base 4, apartado 'Justificación y pago', en relación con la base décima), en consecuencia, sólo se puede reconocer la obligación de pago por estas cantidades.

Atendiendo lo que disponen los artículos 72 del Reglamento Orgánico del CIE, el Decreto de Presidencia núm. 285/2015, de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de Departamentos (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015, corrección de errores BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), el Decreto de Presidencia núm. 286/2015, de nombramiento de consejeros ejecutivos y de las consejeras ejecutivas del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015) y, el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm. 103 de 10 de julio de 2015), y en concreto, respecto de este último decreto, el punto segundo apartado d.

En virtud de todo lo anterior, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario de la intervención de la corporación, y para el caso que el mencionado informe sea favorable y de conformidad se eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- Reconocer la obligación de pago de las ayudas correspondientes en 2015, destinadas a asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza que se detallan a continuación, por el importe total de 6.132,54 € (seis mil cien treinta y dos euros y cincuenta y cuatro céntimos) con cargo a la aplicación presupuestaria 9240-48908:

1.- AGRUPACIÓN DE ARGENTINOS EN IBIZA Y FORMENTERA, con NIF núm. G57250532: 300 € (trescientos euros).

2.- ASOCIACIÓN CULTURAL ARGENTINO BALEAR, con NIF núm. G-57566317: 343,89 € (trescientos cuarenta y tres euros y ochenta y nueve céntimos).

3.- ASOCIACIÓN DE RESIDENTES SENEGALESES IBIZA Y FORMENTERA, con NIF núm. G57212946: 2.600 € (dos mil seiscientos euros).

4.- ASOCIACIÓN DE ECUATORIANOS DE IBIZA Y FORMENTERA, con NIF núm. G57573248: 2.600 (dos mil seiscientos euros).

5.- ASOCIACIÓN RAICES ESLAVAS, con NIF núm. G57897282: 288,65 € (doscientos ochenta y ocho euros y sesenta y cinco céntimos).

6.- ASOCIACIÓN DE PARAGUAYOS DE IBIZA, con NIF núm. G57340093: 0 € (cero euros)

Segundo.- Se tendrá en cuenta lo siguiente:

Esta subvención será compatible con otras ayudas, pero en ningún caso el importe de otras subvenciones o ayudas, públicas o privadas, puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.

Son obligaciones del beneficiario las previstas a la Ley general de subvenciones y al Texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB, sobre todo lo que disponen sus artículos 14 y 11 respectivamente; y el resto de normativa aplicable. Tendrá que someterse a las actuaciones de comprobación que lleven a cabo, si es el caso, los órganos competentes.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas a la normativa vigente por parte del beneficiario puede dar lugar al régimen de infracciones y sanciones previsto legalmente.

Tercero.- Notificar los acuerdos a los interesados y publicar en la página web del Consejo Insular de Ibiza (www.conselldeivissa.es).”

El Consejo Ejecutivo hace suya la propuesta y lo aprueba por unanimidad.

(...)”

Y para que así conste y obre al expediente, con la advertencia y reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, expide y firma esta certificación, en Ibiza, el día 22 de diciembre de 2015.

Visto y aprobado, El presidente, Vicente Torres Guasch

 

Eivissa, 26 de febrero de 2016

El secretari tècnic de Transparència, Bon Govern, TIC, Benestar Social, Sanitat i Participació Ciutadana
Federico Lidiano Rey Castelló