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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 23 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2146
Procedimiento ordinario 372/2013 sobre otras materias

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Texto

D./Dª. SANTIAGO CÓZAR GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 23 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento  seguido a instancia de ELENA OSUNA OLIVER frente a BARTOLOME JAUME ROIG se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a diez de febrero de dos mil dieciséis.

Vistos por Dª. SONIA I. VIDAL FERRER, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 23 de Palma de Mallorca los presentes autos de Juicio de ordinario seguidos en este Juzgado con el nº 372/13 en ejercicio de una reclamación de cantidad derivada de un contrato de préstamo en los que interviene como parte demandante ELENA OSUNA OLIVER representada en autos por la Procuradora AMAYA VICENS y asistida por el Letrado ALBERT VIDAL contra BARTOLOMÉ JAUME ROIG representado por el Procurador ONOFRE PERELLÓ y asistido por el Letrado FRANCISCO VILLALONGA.

FALLO

SE ESTIMA la demanda formulada por la Procuradora AMAYA VICENS en nombre y representación de ELENA OSUNA OLIVER contra BARTOLOMÉ JAUME ROIG y se CONDENA al demandado al pago de 12.000€ a la actora más los intereses al 10% anual desde la fecha 31/03/2011, con condena en costas a la demandada. 

SE DESESTIMA la demanda reconvencional formulada por BARTOLOMÉ JAUME ROIG  contra ELENA OSUNA OLIVER y se ABSUELVE a la demandada de las pretensiones ejercidas en su contra, condenando enastas a la parte demandada.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación. Para ello, deberá consignarse el importe de 50€ en la cuenta del Juzgado de conformidad a lo dispuesto en la DA 15 de la LOPJ.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior resolución ha sido leída y publicada por la misma Juez que la ha dictado estando celebrado en audiencia pública en el día de su fecha.

Y encontrándose dicho demandado, BARTOLOME JAUME ROIG, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a diez de Febrero de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,