Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1878
Procedimiento ordinario 813/2013
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000813 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra CONSTRUCCIONES BIEL GALMES SL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que, estimando la demanda del Letrado D. Pedro Moll Arbós en representación de la Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa “Construcciones Biel Galmés, SL”, condeno a la empresa demandada a abonar a la Fundación demandante la cantidad de 2.223,30 €, suma que devengará el interés establecido en el art. 576.1 LEC desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago.
Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma No cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONSTRUCCIONES BIEL GALMES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a nueve de febrero de dos mil dieciséis.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL