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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2087
Area Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna. Departamento de Planeamineto y Gestión Urbanística. Servicio Jurídico-Administrativo de Planeamiento. Exp:PA2008/0012. Suspensión de la tramitación de la modificación de PGOU de la U.E. 14-06, Can Tapera. PA2008-12

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ayuntamiento Pleno, en sesión de día 28-01-2016, acordó lo siguiente:

"1º.- Realizar los estudios necesarios para modificar el Plan General en el ámbito de la UE 14-06, del SGEC-AS 14-01-E y suelo rústico colindante para conseguir la protección de la colina de Can Tapara. Ver el plano adjunto (anexo).

2º.- Suspender, en el área que se establece en el punto anterior, la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados y la posibilidad de presentar comunicaciones previas.

Esta suspensión tendrá una duración máxima de un año, en los términos establecidos en el artículo 50 de la LOUS."

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo por interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

El recurso de reposición potestativo, se deberá presentar en el registro General de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palmademallorca.es, o en las dependencias a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según la redacción dada por la Ley 4/1999. Ese recurso se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado, y los arte. 8.1 y 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier recurso o acción que se considere conveniente.

La presente publicación que  sirva de notificación por edicto a los propietarios relacionados más abajo en caso de que no se haya podido llevar a cabo la notificación individualizada.

1. APELLIDO

2. APELLIDO

NOMBRE

DNI/CIF

BINIPUNTIRO SL UNIP

B57301913

FOSTER TONI

90065311W

FUNDACIO SA NOSTRA CAIXA DE BALEARS

G57100141

 

Palma a 18 de febrero de 2016

El jefe del Departamento
p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014
(BOIB nº  30 de  4-03-2014)
Jaume Horrach Font

Documentos adjuntos