Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1853
Procedimiento Ordinario 772/2015
Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Refuerzo de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000772/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. LUIS BENITO POZO contra la empresa ESGRAMAI MALLORCA SL, BRATATA SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Tras las actuaciones practicadas por este Juzgado, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de la LJS y 162 de la LEC, subsidiariamente aplicable en esta Jurisdicción, ha resultado imposible la localización de BRATATA SL para la notificación de las resoluciones dictadas, a la misma parte en este proceso, encontrándose en ignorado paradero. Por todo, y en cumplimiento de lo que previene el artículo 59 de la LJS, y en concordancia con la doctrina del Tribunal Constitucional dictada al efecto,
Acuerdo:
- Suspender la vista señalada para el día de hoy y señalar nueva vista para el día 29/03/2016 a las 11:00, sirviendo la presente como cédula de citación en forma.
- Citar a BRATATA SL, por medio de Edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fijando copia de la resolución en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
- Citar al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda, a fin de que éste pueda asumir sus obligaciones legales, en defensa de los intereses públicos que gestiona y para ejercitar las acciones o recursos oportunos, al amparo de lo que dispone el artículo 23 de la LJS.
Y para que sirva de notificación en legal forma a BRATATA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a dieciséis de Febrero de dos mil dieciséis.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA