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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

Núm. 1997
Convocatoria Juez de Paz

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 5 del Reglamento del Consejo General del Poder Judicial núm. 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, se anuncia la convocatoria pública para la provisión del cargo de Juez o Jueza de Paz de este municipio.

Los requisitos exigibles para optar a este cargo son los siguientes:

  • Ser mayor de edad
  •  Nacionalidad española
  •  No estar impedido físicamente o psíquicamente para ejercer las funciones judiciales
  •  No estar sometido en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad
  •  No estar condenado, procesado o inculpado por delito doloso hasta que no sean absueltos o  se dicte acto de sobreseimiento
  • Residencia en el municipio de Llubí
  • Disfrutar del ejercicio pleno de los derechos civiles
  • No pertenecer a partidos políticos o sindicados

Las personas interesadas que cumplan los requisitos mencionados pueden presentar sus  solicitudes en el registro general del Ayuntamiento de Llubí o en cualquier de los lugares previstos al artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico y de procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de instancias es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente que se publique este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Llubí, a 17 de febrero de 2016

 

La alcaldesa,

Magdalena Perelló Frontera