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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 1857
Creación de la ficha Director Técnico de Seguridad, personal de confianza

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2016, aprobó crear la ficha del puesto de Director Técnico de Seguridad siguiente:

 

AJUNTAMENT DE SANT ANTONI DE PORTMANY

DESCRIPCIÓN DEL

PUESTO DE TRABAJO Nº: 207

Hoja:

1

NOMBRE DEL PUESTO DE TRABAJO:

DIRECTOR TECNICO DE SEGURIDAD

DEPENDENCIA JERÁRQUICA

Unidad/Servicio

Titulares

Subordinados

Horario

Jornada

POLICIA LOCAL

1

0+x

A determinar

Flexible

Dedicación

---

Incompatibilidad

Grupo

---

Especialidad

Requisitos

---

Méritos

Provisión

Tipo

ALCALDE

Exclusiva

---

Total

C1/A2

---

Bachiller/ Graduado en Seguridad y Ciencias Policiales/Diplomado o aimilable

Experiencia profesional como miembro de alguno de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad

Experiencia profesional en la gestión de equipos de trabajo

---

Conocimientos de Ofimatica básica y catalán

Conocimiento en materia de seguridad ciudadana, derecho penal, derecho civil, responsabilidad de las administraciones públicas, seguridad vial, resolución de conflictos, calidad en los servicios

L.D.

S

CENTRO: RETEN POLICIAL

Responsabilidades Generales:

  • Asesoramiento cualificado a la Regiduría de Gobernación en materia policial, de acuerdo con lo establecido en el art. 104 de la Ley 7/1985 de 2 de abril.

Tareas más Significativas:

1. Asesoramiento sobre la gestión de políticas del equipo de gobierno en materia policial.

2. Asesoramiento sobre la planificación, asignación de objetivos, coordinación y proyectos interfuncionales en materia policial.

3. Asesoramiento sobre la ejecución de los objetivos, proyectos y programas en materia policial.

4. Asesoramiento y propuestas de mejora al Equipo de gobierno a través de la Regiduría de Gobernación en materia policial.

5. Asesoramiento en el análisis de las necesidades policiales del Municipio.

6. Participar en las relaciones interinstitucionales de carácter técnico, o técnico-político en materia policial.

 

Lo que se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

 

Sant Antoni de Portmany, febrero de 2016

El Alcalde
José Tur Torres