Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 1816
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino de 12 de febrero de 2016, por la que se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores de la reserva marina de la Bahía de Palma
El Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina o las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Illes Balears, señala en su artículo 3 que cada dos años se publicará un censo revisado de embarcaciones profesionales autorizadas de cada reserva. En el censo de la reserva marina de la Bahía de Palma se podrán inscribir las embarcaciones adscritas a la cofradía de pescadores de Palma, con puerto base en Palma y aquellas con puerto base a menos de 24 millas que puedan demostrar habitualidad en la pesca en la zona en el periodo de cinco años inmediatamente anterior. La inclusión en el censo y la presentación regular de datos de capturas son los únicos requisitos para poder pescar dentro de la reserva.
Por lo tanto, estudiados los registros de actividad en la reserva marina de la Bahía de Palma y haciendo uso de las facultades que se me han conferido, dicto la siguiente,
Resolución
Primero
Se establece el censo de embarcaciones de pesca profesional de artes menores autorizadas para la pesca en la reserva marina de la Bahía de Palma durante un periodo de dos años, que estará formado por las siguientes embarcaciones:
Nombre |
Código |
Puerto base |
Matrícula |
---|---|---|---|
BERNARDINO |
3425 |
PALMA |
PM-1-1810 |
CREUS |
23437 |
PALMA |
PM-1-3-96 |
DOS JOANS |
3602 |
PALMA |
PM-1-1916 |
ELS GORRETES * |
3415 |
PALMA |
PM-1-1975 |
ES VERGES |
3444 |
PALMA |
PM-1-1841 |
ESTELLS |
13377 |
PALMA |
PM-1-1969 |
FIBLO |
21035 |
PALMA |
PM-1-1663 |
HERMANOS GONZALEZ |
13877 |
PALMA |
PM-1-1971 |
HERMANOS LOPEZ SEGUNDO |
26745 |
PALMA |
PM-1-1-05 |
HERMANOS VERA |
15474 |
PALMA |
PM-1-2013 |
JOVEN LOURDES |
3931 |
PALMA |
PM-1-1152 |
JUMA III |
7068 |
PALMA |
PM-1-1955 |
LEISA |
23604 |
PALMA |
PM-1-3-97 |
MACARENA |
15715 |
PALMA |
MH-2-174 |
MARCOS |
3942 |
PALMA |
PM-1-1921 |
MORENETA II |
6861 |
PALMA |
PM-1-1904 |
NA FOGUERA |
23768 |
PALMA |
PM-1-5-97 |
N'ALEGRIA |
24201 |
PALMA |
PM-1-1-99 |
PAULINA B |
14764 |
PALMA |
PM-1-1674 |
PICASEU |
24516 |
PALMA |
PM-1-4-99 |
SAN MIGUEL |
20996 |
PALMA |
PM-1-2002 |
SOLAES |
5406 |
PALMA |
PM-1-1952 |
TERESA SEGUNDO |
25605 |
PALMA |
PM-1-1-03 |
*: Condicionado al cambio de modalidad
Segundo
Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Hble. Sr. Consejero de Medio ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
Palma, 12 de febrero de 2016
El Director General de Pesca y Medio Marino
Juan Mercant Terrasa