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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 1774
Aprobación del Código Ético del programa de Valores de Formentera

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Texto

El pleno del Consell Insular de Formentera en sesión celebrada el 29 de enero de 2016 con Nº. 1/2016, aprobó la redacción del Código Ético del programa de Valores de Formentera conforme al siguiente acuerdo:

PRIMERO.- APROBAR el Código Ético del Programa de Valores del Consell Insular de Formentera, para promover los valores entre los niños, adolescentes, padres y madres, técnicos y técnicas en la isla de Formentera así como a las instituciones que ejercen una influencia directa o indirecta en el compromiso y la participación de los jóvenes de la isla de Formentera, visto el informe favorable del técnico del Área de deportes de esta Corporación, de fecha 14 de enero de 2016, y la conformidad de los Servicios jurídicos de la Corporación. El texto íntegro de este código ético, se adjunta como Anexo I.

SEGUNDO- PUBLICAR este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), con el contenido del texto íntegro del Código Ético, dado que éste entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

 

ANEXO I
CÓDIGO ÉTICO DEL PROGRAMA DE VALORES DE FORMENTERA

Preámbulo

El deporte es una actividad sociocultural que permite el enriquecimiento del individuo en el seno de la sociedad y que potencia la amistad entre los pueblos, el intercambio entre las naciones y las regiones y, en suma, el conocimiento y la relación entre las personas

El deporte contribuye a mejorar la relación, el conocimiento y la expresión personales. Es un factor de integración social, fuente de disfrute, salud y bienestar. La realización de estos valores permite la participación en la sociedad desde unas pautas diferentes de las que a menudo constituyen las actitudes sociales más convencionales.

Para fomentar, impulsar y contribuir a la realización de estos fines y valores, el Consell Insular de Formentera ha elaborado el Código Ético del Programa de Valores de Formentera, con el fin de conseguir que mediante su adhesión voluntaria y pública se establezcan nuevas pautas de conducta y comportamiento de los estamentos participantes en el mundo del deporte, ya sean entidades, clubes, asociaciones, deportistas, familiares, técnicos o técnicas y dirigentes deportivos, partiendo del análisis de la situación actual en principios tan fundamentales como la convivencia, la cooperación, la colaboración, la coordinación, la optimización de recursos humanos, materiales, etc., y con el fin de mejorar las relaciones entre todos los agentes implicados en el mundo del deporte.

El Código parte de la consideración de que el comportamiento ético es esencial tanto en la actividad como en la gestión deportiva. Este comportamiento permite canalizar la rivalidad y la controversia deportiva desde unas pautas diferentes y socialmente aceptables que puedan producir ejemplaridad ante otras formas de relación social.

El Código quiere ser un sólido marco ético para luchar contra algunas presiones e influencias de la sociedad moderna, que impliquen una amenaza para los principios tradicionales del deporte, inspirados en la nobleza y la deportividad.

El Código Ético del Programa de Valores en la Isla de Formentera es una concepción del deporte, que trasciende del puro cumplimiento de las reglas deportivas para situarse en un entorno de respeto y consideración al adversario. Por ello, en aceptarlo y adherirse adquiere un compromiso de impulsar los principios y los valores que se establecen.

En este marco de aspiraciones y consecución de objetivos, hay que dotarse de un instrumento normativo, y por este motivo, se elabora por parte del Consell Insular de Formentera este código ético.

Artículo 1. Objeto de este Código ético.

1. El código ético del Consell Insular de Formentera para el "Programa de Valores" es una declaración de intenciones aceptada por los responsables del deporte en la isla.

2. El código parte del principio de que las consideraciones éticas se sustentan en una "educación social" en toda actividad deportiva, así como en todo tipo de gestión que se realiza en el terreno del deporte, y que dichas consideraciones se aplican en todos los niveles: alumnos y alumnas escolares, federados y federadas, padres y madres, técnicos y técnicas y en general, a toda la población de Formentera.

3. El código, que se basa en los "valores", en el espíritu deportivo y en el movimiento voluntario, aporta un sólido marco ético para luchar contra las presiones que ejerce la sociedad moderna, las cuales implican una amenaza para los cimientos tradicionales del deporte y la misma vida cotidiana.

Artículo 2. Dotación económica

Al Consell Insular de Formentera para este código ético que está englobado en el programa de valores aportará un máximo de 5.000 € que irán a cargo de la partida presupuestaria 2016.341.48000.01 del ejercicio presupuestario del año 2016.

Artículo 3. Objetivos del código.

1. El código pretende, esencialmente, promover los "valores" entre los niños y niñas, adolescentes, padres y madres, técnicos y técnicas en el deporte. Sin embargo, el Código se dirige a las personas adultas y a las instituciones que ejercen una influencia directa o indirecta en el compromiso y la participación de los jóvenes en el deporte, que serán, en definitiva, los deportistas adultos del mañana.

2. El código incluye el concepto de derecho de los niños y de las niñas así como adolescentes a practicar un deporte y a obtener una satisfacción de esta práctica, y el concepto de responsabilidad de los adultos y las instituciones, en su condición de promotores del "Programa de Valores" y de fiadores del respeto de este derecho.

Artículo 4. Definición de "Programa de Valores en Formentera".

1. El "Programa de Valores" va más allá del simple respeto de las normas y recoge los conceptos de amistad, de respeto al adversario y de espíritu deportivo. Es más que un comportamiento, es una forma de pensar y de crecer en el deporte. El concepto se amplía a la lucha contra los malos tratos al menor, contra el arte de engañar sin vulnerar las normas, contra el dopaje, la violencia física y verbal, la desigualdad de oportunidades, la excesiva comercialización y la corrupción.

2. El "Programa de Valores" es un concepto moral y ético positivo y de desarrollo social. El código considera el deporte como una actividad sociocultural que enriquece la sociedad y la amistad entre las poblaciones y autonomías, y que siempre se practica con lealtad. El deporte es considerado por sí mismo como una actividad que, si se ejerce con lealtad, permite a la persona conocerse, expresarse y realizarse mejor; desarrollarse, adquirir conocimientos prácticos y demostrar sus capacidades; el deporte hace posible la interacción social, hace disfrutar y aporta bienestar y salud. El deporte, con una extensa red de clubes, escuelas y centros en la isla de Formentera y aficionados, ofrece la ocasión de participar y asumir responsabilidades sociales. Además, la participación responsable en determinadas actividades puede ayudar al desarrollo de la sensibilidad respecto al medio ambiente.

Artículo 5. Responsabilidades por el "Programa de Valores".

1. El Código reconoce que la participación de los niños y los jóvenes, los padres y madres y técnicos y técnicas en las actividades deportivas permite disponer de un entorno social más amplio. Se admite que el individuo y la sociedad sólo puede aprovechar plenamente las ventajas potenciales del deporte si el "Programa de Valores" deja de ser un concepto secundario para convertirse en eje central. Reconoce que todas las personas que, de forma directa o indirecta, favorecen e influyen en la experiencia que niños y niñas

y jóvenes viven en el deporte, deben conceder una prioridad absoluta. Se trata, concretamente de:

1.1 Los órganos de gobierno: en todos los niveles, los participantes que trabajan con sus organismos y los participantes en los sectores oficiales de la educación que poseen una responsabilidad especial.

1.2. Las organizaciones deportivas y vinculadas con el deporte: Velarán para el desarrollo del código ético y en particular, las federaciones deportivas y los organismos dirigentes, las asociaciones de educación física, los organismos e institutos vinculados al entrenamiento, las profesiones relacionadas con la medicina y la farmacia, y los medios de comunicación. El sector comercial, incluidas las actividades de producción, venta y marketing de artículos deportivos, deberán asimismo asumir las responsabilidades y contribuir a fomentar el "juego limpio".

1.3 Las personas: especialmente los padres , docentes, entrenadores, árbitros directivos, administradores, periodistas, médicos y farmacéuticos, así como los deportistas de alta competición, que sirven de modelos. El código se aplica a todas las personas, con independencia de que participen como voluntarios o en calidad de profesionales. En su condición de espectadores, las personas pueden asumir responsabilidades complementarias.

2.Cada una de las instituciones y personas deben asumir una responsabilidad y desarrollar una función. Este código de ética deportiva va dirigido a ellas, y sólo será efectivo si todos los actores del mundo del deporte están unidos por asumir las responsabilidades definidas.

Artículo 6. De los órganos de gobierno

1. Los órganos de gobierno asumirán las responsabilidades siguientes:

1.1. Favorecer la adopción de criterios éticos, rigurosos en todos los ámbitos sociales en los que el deporte está presente.

1.2. Animar y apoyar a las personas y organizaciones para que apliquen principios éticos sanos en las actividades vinculadas con el deporte.

1.3. Animar a los profesores y monitores de educación física a dar suficiente importancia primordial en la promoción del deporte y al "Programa de Valores" en los programas escolares de formación deportiva.

1.4. Ayudar todas aquellas iniciativas que estén encaminadas a promover el "Programa de Valores" en el deporte y, sobre todo, entre los jóvenes de una edad crítica que dejan en edades prematuras el deporte y los cursos académicos.

Artículo 7. Organizaciones deportivas y vinculadas al deporte

1. Las organizaciones deportivas y que están vinculadas al deporte, asumirán las responsabilidades siguientes:

Sentido del "Programa de Valores"

1.1. Facilitar directivas claras en que se definan los comportamientos de conformidad o contrarios a la ética, y procurar que se implante un sistema de estímulos y sanciones coherentes y ajustadas a todas las modalidades y niveles de participación.

1.2. Procurar que todas las decisiones se ajusten a un código ético aplicable a su disciplina deportiva.

1.3. Sensibilizar a la opinión dentro de su círculo de influencia respecto al concepto de "Programa de Valores", mediante campañas en redes sociales, material didáctico y ofertas de formación.

1.4. Poner en marcha sistemas que, además del éxito en la competición, gratifiquen el "juego limpio" y el desarrollo personal.

los jóvenes

1.5. Velar para que las estructuras participativas prevengan las necesidades específicas de los niños en edad de crecimiento, y permitan la participación en diferentes niveles, a partir de la actividad recreativa.

1.6. Apoyar la modificación de los reglamentos para atender las necesidades de los jóvenes, poniendo de relieve no sólo el éxito competitivo, sino también el "juego limpio y todos los valores del Programa".

1.7. Velar por la implantación de garantías y para la no explotación de los más jóvenes, y en particular de aquellos que muestran aptitudes que están por encima de su nivel madurativo.

1.8. Procurar que todos los miembros y afiliados a una organización asuman responsabilidades respecto de los niños y jóvenes y mantengan las calificaciones necesarias para orientarlos, formarlos y educarlos y, especialmente, velar para que conozcan las transformaciones biológicas y psicológicas que implica el proceso de maduración del niño.

2. Las personas asumirán las responsabilidades siguientes:

El comportamiento individual

2.1. Poseer un comportamiento ejemplar que ofrezca un modelo positivo a los niños y adolescentes, abstenerse en todo caso de recompensar, adoptar personalmente o pasar por alto todo comportamiento desleal por parte de terceros e imponer las sanciones adecuadas a este tipo de comportamiento.

2.2. Velar por que el nivel de formación y de cualificación se ajuste a las necesidades del menor, en función de los diferentes grados de participación en el deporte.

El trabajo con los jóvenes

2.3. Convertir la salud, la seguridad y el bienestar del niño o del joven deportista en la principal de sus prioridades, y conseguir que estos objetivos sean prioritarios respecto a la meta del éxito, o la reputación del club, de la escuela , del entrenador o la entrenadora o del padre o de la madre.

2.4. Conseguir que los niños vivan una experiencia deportiva que les anime a participar toda su vida en actividades físicas saludables.

 2.5. Abstenerse de tratar a los niños como si fueran pequeños adultos, teniendo en cambio conciencia de las transformaciones físicas y psíquicas que implican el desarrollo del niño y de la manera que influyen en el rendimiento deportivo.

2.6. Abstenerse de situar el menor ante expectativas de que no sea capaz de satisfacer.

2.7. Reconocer la importancia que tiene el disfrute de la competición, y abstenerse en todo caso de ejercer sobre el niño una presión indebida y contraria a su derecho a decidir libremente sobre su participación.

2.8. Interesarse tanto por los individuos mejor dotados como los que no lo están tanto, destacando y recompensando, aparte del éxito de la competición, el desarrollo personal y la adquisición de conocimientos prácticos.

2.9. Animar a los jóvenes que inventen sus propios juegos y adopten sus propias reglas, que actúen no sólo como competidores, sino también como entrenadores, directivos o árbitros, que fijen su propio sistema de gratificaciones y sanciones por comportamientos desleales, y que se hagan responsables de sus actos.

2.10. Facilitar a los jóvenes ya sus familiares toda la información posible, con el fin de que sean conscientes de los potenciales riesgos y atractivos del éxito.

Artículo 12. Vigencia

De este Código ético entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), de conformidad con la legislación vigente en materia local, y regirá hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.

 

Formentera, 11 de enero de 2016

El President del Consell Insular de Formentera
Jaume Ferrer Ribas