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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ESCORCA

Núm. 1470
Tasa para el uso del refugio del puerto de sa Calobra e instauración de precios públicos municipales para el uso de los aseos públicos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Para hacer constar que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2014, acordó aprobar definitivamente la ordenanza detallada a continuación y una vez transcurrido el plazo de exposición pública no se han presentado alegaciones ni reclamaciones:

“ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL USO DEL REFUGIO DEL PUERTO DE SA CALOBRA E INSTAURACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS MUNICIPALES PARA EL USO DE LOS ASEOS PÚBLICOS

Artículo 1. Naturaleza, objeto y fundamento

1. Fundamento: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y de conformidad con lo que se dispuesto en los artículos 15 al 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa para el uso del refugio de propiedad municipal , que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal.

2. Objeto. Constituyen el objeto de esta tasa el uso, en las condiciones que se expondrán, del refugio propiedad del Ayuntamiento de Escorca y de los precios públicos para el uso de los servicios.

Artículo 2. Sujeto pasivo

Están obligados al pago de la tasa, regulada en esta Ordenanza, quienes se beneficien del uso del refugio municipal del puerto de Sa Calobra.

Están obligados al pago de la pertinente tasa los usuarios de los baños y duchas públicos del Centro Polivalente del puerto de Sa Calobra.

El uso del refugio será por días, sin que la duración del mismo pueda ser inferior a dos días ni superior a seis días consecutivos.

La reserva para el uso del refugio se podrá hacer con una antelación máxima de sesenta días naturales.

Artículo 3. Tarifas para el uso del refugio del puerto de Sa Calobra

1. Importe.

La tasa para el uso del refugio y de sus instalaciones será de 100 € por día. Si los usuarios son residentes en Escorca será de 50 € por día.

La tasa se hará efectiva cuando, por parte del Ayuntamiento, sea comunicada la liquidación al solicitante.

2. Anulación.

— Se devolverá el 100 % del precio de la reserva si faltan más de 15 días naturales de la fecha de reserva.

-— Si faltan entre 15 y 6 días naturales de la fecha de reserva se devolverá un 50 % del precio de la reserva.

— Si faltan 5 días naturales o menos de la fecha de reserva, se perderá el total del importe abonado.

3. Fianza.

Por motivos de precaución se abonará, a parte del importe de la tasa, una fianza de 100 € como garantía. Ésta se devolverá al responsable mediante ingreso en la cuenta proporcionada por el usuario en un plazo máximo de 5 días, una vez revisado y confirmado el buen estado de las dependencias del refugio.

Artículo 4. Normas de gestión del refugio

1. El pago de la tasa se realizará, mediante ingreso en cuenta, una vez comunicada la liquidación por parte del Ayuntamiento.

2. Con la solicitud de reserva del refugio, se deberá facilitar copia del DNI o pasaporte.

3. La recogida de las llaves del refugio se realizará en las dependencias municipales, el día y hora previamente concertados con el encargado municipal.

4. El usuario está obligado a devolver las llaves al encargado municipal, en horas de oficina y, en todo caso, antes de las 12 h., del día hábil siguiente del uso del refugio.

5. El Ayuntamiento se reserva el derecho de autorizar el uso del refugio municipal a las entidades, tales como: escuelas, AMPAS, asociaciones de defensa de la naturaleza, etc., con preferencia al resto de solicitantes.

6. El uso, en fin de semana, se computará como dos días y podrán recogerse las llaves a partir del viernes al atardecer, debiendo devolverlas el lunes por la mañana antes de las 12 h.

Artículo 5. Obligaciones de los usuarios

1. Los usuarios del refugio están obligados a:

- Limpiar el refugio para dejarlo en las condiciones de entrega. Para este fin, el Ayuntamiento se encargará de facilitar los utensilios necesarios.

- Respetar el entorno del refugio.

- Trasladar la basura a los correspondientes contenedores.

- Reparar cualquier daño que puedan ocasionar el refugio.

- Comunicar al Ayuntamiento de Escorca cualquier incidencia que se observen en las instalaciones del refugio o en sus alrededores.

- Respetar el silencio, principalmente, a partir de la tarde, puesto que es un lugar destinado a disfrutar de la naturaleza y la tranquilidad.

2. En todo caso, está prohibido:

- Fumar en el interior del refugio.

- Entrar mascotas, a excepción de perros guía.

Artículo 6. Precios públicos por otros servicios

Se establece un precio público, para el uso de los servicios de baños públicos y duchas, ubicados en el edificio polivalente del puerto de Sa Calobra, de la siguiente manera:

- Baños públicos:        0,50 €

- Ducha:                      1,00 €

Artículo 7. Infracciones y sanciones tributarias

Para la calificación de las infracciones y de sus correspondientes sanciones tributarias se remitirá a la normativa prevista en la Ley General Tributaria.

El Ayuntamiento se reserva el derecho a restringir el uso del refugio a cualquier persona que haya infringido cualquiera de las disposiciones contenidas en esta ordenanza, así como, exigir el importe de la reparación de los posibles desperfectos producidos, a los responsables.

La imposición de sanciones no impide, en ningún caso, la liquidación y cobro de las cuotas defraudadas no prescritas.

Disposición final

En lo no previsto en esta Ordenanza, se aplicará lo establecido en la vigente Ley de Régimen Local y otras disposiciones.

La presente Ordenanza Fiscal se aplicará a partir del día siguiente al de su publicación y seguirá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.”

   

Escorca, 5 de febrer de 2016

    

El Alcalde

Antonio Solivellas Estrany