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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1431
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de enero de 2016 por la cual se dispone informar del cambio de la denominación de la dirección del CEPA Sa Pobla e inscribir esta modificación en el Registro de Centros Docentes de esta Consejería

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Texto

Hechos

1. Mediante el Decreto 40/2009, de día 26 de junio, por el cual se crean centros de educación de personas adultas (BOIB n.º 96, de 4 de julio), se creó el Centro Público de Educación de Personas Adultas Sa Pobla, con domicilio en la c. de Sagasta, s/n, y con el código 07013905.

2. El 15 de diciembre de 2015 (NRE 74585/2015), el director del centro presentó en la Consejería de Educación y Universidad un escrito en que solicitaba el cambio de la denominación de la dirección del CEPA Sa Pobla, que pasa de ser c. de Sagasta, s/n, a ser c. del Mestre Arabí, n.º 15.

Con la solicitud, presentó un escrito del Ayuntamiento de sa Pobla mediante el cual el Pleno acordó proponer el cambio de denominación de la calle donde está ubicado el centro. También adjuntó un escrito del secretario del Ayuntamiento en el cual se certifica el cambio.

3. El 21 de enero de 2016, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre  el expediente que dispone informar del cambio de la denominación de la dirección del CEPA Sa Pobla y inscribir esta modificación en el Registro de Centros Docentes de esta Consejería.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. La Ley 4/2006, de 30 de marzo, de educación y formación permanentes de personas adultas de las Illes Balears (BOIB n.º 50, de 6 de abril).

4. La Orden de 14 de septiembre de 2004 que regula los espacios dedicados a la educación de adultos.

5. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril).

6. El Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria (BOIB n.º 120, de 5 de octubre).

7. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE n.º 51, de 1 de marzo, y suplemento en catalán n.º 5 de 1983), y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que disponen los artículos 27 y 149.1.30.a de la Constitución española.

8. El Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 97, de 2 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 22 de enero de 2016, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Disponer y informar del cambio de la denominación de la dirección del CEPA Sa Pobla, que antes era c. de Sagasta, s/n, y ahora pasa a ser c. del Mestre Arabí, n.º 15, de sa Pobla.

2. Inscribir esta modificación en el Registro de Centros de la Consejería de Educación y Universidad.

3. Comunicar esta Resolución a la dirección del CEPA Sa Pobla, al Servicio de Educación de Personas Adultas de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, a la Dirección General de Personal Docente y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidad para que tomen conocimiento.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

      

Palma, 25 de enero de 2016

       

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà