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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1368
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de enero de 2016 por la que se autoriza el cambio de la denominación específica del CEIP Ariany, en el municipio de Ariany, por la de CEIP Guillem Frontera Pascual

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Texto

Hechos

1. Mediante el Orden ministerial de 30 de junio de 1975 (BOE n.º 182, de 31 de julio), se creó una unidad mixta de educación general básica en la localidad de Ariany (Petra).

2. Con la Resolución del consejero de Educación y Cultura de 5 de febrero de 2003 por  la cual se publica la plantilla actualizada (BOIB n.º 20, de 13 de febrero), se autorizaron en este centro 1 unidad de educación infantil y 2 unidades de primaria.

3. Durante el curso 2006-2007 se construyó un nuevo edificio en el mismo lugar donde estaba ubicado el centro. Este se inauguró en septiembre de 2007. Actualmente, el centro tiene la configuración siguiente: 3 unidades de educación infantil y 6 unidades de educación primaria.

4. El 9 de noviembre de 2015, la señora M. Immaculada Mas Pla, directora del centro, presentó una solicitud para cambiar la denominación específica por la de CEIP Guillem Frontera Pascual, a la cual adjuntó la documentación pertinente: un escrito firmado por el secretario del Ayuntamiento de Ariany, en el cual se certifica que el Pleno del Ayuntamiento aprobó el cambio de nombre del centro, y el acta de la sesión del Consejo Escolar de 23 de octubre de 2015, en la cual se acordó, por unanimidad, cambiar el nombre del centro por el de CEIP Guillem Frontera Pascual.

En el informe explicativo sobre la elección del nombre y la justificación de la conveniencia de cambiar la denominación del centro se expone que se quiere rendir homenaje a Guillem Frontera Pascual por su trayectoria como escritor, periodista y activista cultural mallorquín, el cual, además, recibió el Premio 31 de Diciembre de la Obra Cultural Balear el año 2007.

5. El 21 de enero de 2016, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente de autorización del cambio de la denominación específica del CEIP Ariany por la de CEIP Guillem Frontera Pascual.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).

2   La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. El Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el cual se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria y de los colegios públicos de educación infantil y primaria (BOIB n.º 120, de 5 de octubre).

4. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE n.º 51, de 1 de marzo, y suplemento en catalán n.º 5 de 1983), y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

5. El Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 97, de 2 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 22 de enero de 2016, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el cambio de la denominación específica del CEIP Ariany, registrado con el código 07004345, por la de CEIP Guillem Frontera Pascual.

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, que no afecta al régimen de funcionamiento del centro, este queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07004345

Denominación genérica: centro de educación infantil y primaria

Denominación específica: Guillem Frontera Pascual

Domicilio: c. Major, s/n

Localidad: Ariany

Municipio: Ariany

CP: 07529

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil: 3 unidades

Educación primaria: 6 unidades

3. Comunicar esta Resolución a la dirección del CEIP Guillem Frontera Pascual, a la Dirección General de Personal Docente y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidad para que tomen conocimiento.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

   

Palma, 25 de enero de 2016

El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà