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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1257
Procedimiento ordinario 1258/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001258 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ESCARLATA TORRES SUÑER contra la empresa  SWEET HOME MALLORCA SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA Nº 55/2016

En Palma de Mallorca, a uno de febrero de dos mil dieciséis

Vistos por mí, Dª. Helena Aniorte Conesa, Jueza del Juzgado de lo Social nº 4 de esta ciudad, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 1258/2012 seguido a instancias de Dª. ESCARLATA TORRES SUÑER, representada por la Letrada D. Estela del Mar Martínez Canca, contra la empresa SWEET HOME MALLORCA, S.L., no comparecida, con citación del Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, paso a dictar sentencia conforme a los siguientes

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda formulada a instancias de Dª. ESCARLATA TORRES SUÑER, representada por la Letrada D. Estela del Mar Martínez Canca, contra la empresa SWEET HOME MALLORCA, S.L., debo condenar y condeno a SWEET HOME MALLORCA, S.L. a abonar a Dª. ESCARLATA TORRES SUÑER la cantidad de 2.647,59 euros más 861,01 euros en concepto de intereses el artículo 29.3 ET.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  SWEET HOME MALLORCA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a dos de Febrero de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA