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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD

Núm. 1231
Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 27 de enero de 2016 por la que se convocan los exámenes para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas

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Texto

De acuerdo con lo que establecen el Real decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas y la Orden del consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de 17 de enero de 2003, sobre utilización y manejo de motos náuticas, así como el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y la Orden del consejero de Movilidad y Ordenación del Territorio de 28 de enero de 2009, sobre organización y procedimientos administrativos en materia de titulaciones y enseñanzas náuticas de recreo, en el uso de las facultades que me confiere el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.Convocar los exámenes teóricos para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

2.Aprobar a los modelos de solicitud, que se adjuntan en los anexos 2, 3 y 4 de esta Resolución.

3.Aprobar las normas de participación en las pruebas del anexo 5 de esta Resolución.

4.Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Territorio, Energía y Movilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse  directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 27 de enero de 2016

El consejero de Territorio, Energía y Movilidad
Juan Boned Roig

 

ANEXO 1
Bases de la convocatoria

1. Normas generales

Los programas teóricos para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo se ajustan a lo dispuesto en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.

Los programas teóricos para la obtención de los títulos de patrón de moto náutica A y B se ajustan a lo dispuesto en el Real decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.­

Se celebrarán cuatro convocatorias de exámenes teóricos para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2016.

2. Solicitudes

Los candidatos solicitarán su admisión al examen teórico mediante la presentación de una solicitud dirigida al Tribunal, ajustada a los modelos que se adjuntan como anexo 2, 3 y 4 en la presente Resolución, según la titulación a la que se presenten.

Tan sólo se permite a los aspirantes una solicitud por convocatoria.

Las personas que se examinen de patrón de yate o capitán de yate indicarán, si procede, si tienen aprobado alguno de los dos módulos del examen de patrón de yate o capitán de yate, de acuerdo con el Real decreto 875/2014, y la convocatoria en que lo aprobaron (conservan el aprobado por dos convocatorias consecutivas de las pruebas en esta Administración) y si desean examinarse únicamente del módulo pendiente.

Las personas que opten por examinarse únicamente de la parte específica del PER (unidades teóricas 7, 8, 9, 10 y 11 del temario) por estar en posesión del título de patrón de navegación básica, o haber aprobado el examen teórico para la obtención del título de patrón de navegación básica o la parte general del PER, han de indicar esta circunstancia en su solicitud con el fin de matricularse en la prueba específica. Aquellas personas que hayan aprobado el examen teórico para la obtención del título de patrón de navegación básica o la parte general de PER, en las pruebas de septiembre de 2015 o posteriores, conservan el aprobado dos convocatorias en las que esta Administración realice pruebas de la titulación.

En el caso de que no quede claro si se opta por examen del módulo pendiente o completo, para patrones y capitanes de yate, o de la parte específica del PER o del examen completo, se matriculará a los solicitantes de oficio en el módulo o parte pendiente de aprobar, aunque podrán alegar lo que consideren en las listas provisionales de admitidos.

A los efectos descritos en los párrafos anteriores, en cuanto a la conservación de calificaciones durante dos convocatorias consecutivas, los aspirantes en dicha situación tan sólo podrán matricularse en los exámenes de una de las sedes en cada convocatoria. Por tanto, se entiende que la conservación durante dos convocatorias da derecho a examinarse dos veces únicamente y en diferentes convocatorias.

Igualmente, en el caso de que el aprobado parcial de un módulo o parte general del PER haya caducado, de oficio se matriculará al aspirante en la prueba que corresponda.

Los requisitos de edad establecidos en el Real decreto 875/2014, con carácter general tener cumplidos los 18 años, hacen referencia a la fecha de realización del examen. No obstante, se pueden presentar a las pruebas de patrón de navegación básica los mayores de 16 años con la autorización de sus padres o tutores.

Los requisitos de titulación previa, en su caso, se refieren a la fecha de finalización del período de solicitudes.

Deberán adjuntarse a la solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI para españoles, y certificado de NIE o, en su caso, tarjeta de residencia vigente para extranjeros.

b) Fotocopia del título inmediato inferior, en el caso de solicitar el examen de patrón de yate y capitán de yate, o acreditación de haberlo solicitado cumpliendo los requisitos para su expedición en la fecha de solicitud.

c) Resguardo del pago de los derechos de examen, que se efectuará por los interesados mediante ingreso del valor que corresponda, según las tasas vigentes para cada titulación. El pago ha de realizarse dentro del período de solicitudes de cada convocatoria que indica el apartado 3 y no se aceptarán liquidaciones posteriores. Sólo se admitirán ingresos individuales que identifiquen a la persona que se examina; en consecuencia, no se admitirán ingresos de una pluralidad de tasas sin identificar a los examinandos realizados por una tercera persona. Dicho ingreso deberá formalizarse en las cuentas abiertas en las entidades de crédito y ahorro autorizadas. Para ello, deberá cumplimentarse el modelo de impreso 046 (“Otros ingresos”), el cual deberá estar validado por la entidad de crédito y ahorro mediante certificación mecánica o firma autorizada y hacerse durante el plazo de solicitud establecido en la convocatoria. No se admiten liquidaciones posteriores a este plazo.

d) La autorización de los padres o tutores para los menores de 18 años que, habiendo cumplido 16 años, opten a patrón de navegación básica.

3. Presentación de solicitudes. Fechas y lugares de los exámenes teóricos.

Las solicitudes para tomar parte en los exámenes teóricos para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y de motos náuticas podrán presentarse en la Dirección General de Puertos y Aeropuertos, o en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, ajustándose a los siguientes plazos:

a) El plazo de presentación de solicitudes para participar en la primera convocatoria de exámenes teóricos del año 2016 comenzará el día 15 de febrero y finalizará el día 29 de febrero. Los exámenes se celebrarán en las localidades y fechas siguientes:

PALMA

— Capitán de yate: 11 de abril (lunes por la mañana).

— Patrón de yate: 11 de abril (lunes por la mañana).                     

— Patrón de embarcaciones de recreo: 16 de abril (sábado por la mañana).

— Patrón para navegación básica: 16 de abril (sábado por la mañana).

— Patrón de moto náutica A y B: 16 de abril (sábado por la mañana).

MENORCA/EIVISSA

— Capitán de yate: 13 de abril (miércoles por la tarde).

— Patrón de yate: 13 de abril (miércoles por la tarde).

— Patrón de embarcaciones de recreo: 13 de abril (miércoles por la tarde).

— Patrón para navegación básica: 13 de abril (miércoles por la tarde).

— Patrón de moto náutica A y B: 13 de abril (miércoles por la tarde).

b) El plazo de presentación de solicitudes para participar en la segunda convocatoria de exámenes teóricos del año 2016 empezará el día 9 de mayo y finalizará el día 20 de mayo. Los exámenes se celebrarán en las localidades y fechas siguientes:

PALMA

— Capitán de yate: 1 de julio (viernes).

— Patrón de yate: 1 de julio (viernes).

— Patrón de embarcaciones de recreo: 2 de julio (sábado por la mañana).

— Patrón para navegación básica: 2 de julio (sábado por la mañana).

— Patrón de moto náutica A y B: 2 de julio (sábado por la mañana).

MENORCA / EIVISSA

— Capitán de yate: 28 de junio (martes por la tarde).

— Patrón de yate: 28 de junio (martes por la tarde).

— Patrón de embarcaciones de recreo: 28 de junio (martes por la tarde).

— Patrón para navegación básica: 28 de junio (martes por la tarde).

— Patrón de moto náutica A y B: 28 de junio (martes por la tarde).

c) El plazo de presentación de solicitudes para participar en la tercera convocatoria de exámenes teóricos del año 2016 comenzará el día 25 de julio y finalizará el día 10 de agosto. Los exámenes se celebrarán en las localidades y fechas siguientes:

PALMA

— Patrón de embarcaciones de recreo: 17 de septiembre (sábado por la mañana).

— Patrón para navegación básica: 17 de septiembre (sábado por la mañana).

— Patrón de moto náutica A y B: 17 de septiembre (sábado por la mañana).

MENORCA / EIVISSA

— Patrón de embarcaciones de recreo: 6 de septiembre (martes por la tarde).

— Patrón para navegación básica: 6 de septiembre (martes por la tarde).

— Patrón de moto náutica A y B: 6 de septiembre (martes por la tarde).

d) El plazo de presentación de solicitudes para participar en la cuarta convocatoria de exámenes teóricos del año 2016 comenzará el día 24 de octubre y finalizará el día 7 de noviembre. Los exámenes se celebrarán en las localidades y fechas siguientes:

PALMA

— Capitán de yate: 16 de diciembre (viernes por la mañana).

— Patrón de yate: 16 de diciembre (viernes por la mañana).

— Patrón de embarcaciones de recreo: 17 de diciembre (sábado por la mañana).

— Patrón para navegación básica: 17 de diciembre (sábado por la mañana).

— Patrón de moto náutica A y B: 17 de diciembre (sábado por la mañana).

MENORCA / EIVISSA

— Capitán de yate: 14 de diciembre (miércoles por la tarde).

— Patrón de yate: 14 de diciembre (miércoles por la tarde).

— Patrón de embarcaciones de recreo: 14 de diciembre (miércoles por la tarde).

— Patrón para navegación básica: 14 de diciembre (miércoles por la tarde).

— Patrón de moto náutica A y B: 14 de diciembre (miércoles por la tarde).

Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes y una vez examinadas las mismas por los miembros del Tribunal, se publicará una lista provisional de los candidatos que hayan presentado su solicitud a examen en la web de la Dirección General de Puertos y Aeropuertos, los tablones de anuncios de la Dirección General de Puertos y Aeropuertos, del Consejo Insular de Menorca, del Consejo de Eivissa y del Consejo Insular de Formentera. Los candidatos que estén pendientes de completar la documentación necesaria para su solicitud dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional para subsanar sus solicitudes. Este plazo de subsanación es para presentar los requisitos no acreditados, pero no es un plazo para cumplimentar aquellos que se deben tener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (pago de tasas, requisitos de titulación…). Los candidatos que no completen la documentación en el plazo anteriormente citado quedarán excluidos, así como aquellos que en el plazo inicial de presentación de solicitudes no cumplían los requisitos para presentarse en la convocatoria. Las listas definitivas se publicarán al menos con tres días hábiles de antelación a la fecha de celebración del examen.     

El presidente del Tribunal anunciará los lugares y horarios de celebración de los exámenes en la página web de la Dirección General de Puertos y Aeropuertos, en los tablones de anuncios de la Dirección General de Puertos y Aeropuertos, del Consejo Insular de Menorca, del Consejo de Eivissa y del Consejo Insular de Formentera, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y con siete días de antelación a su celebración. También indicará los materiales o útiles que han o pueden llevar los candidatos.

A la vista de las solicitudes presentadas y de las disponibilidades de personal e infraestructuras, el presidente del Tribunal podrá acordar ampliar las fechas para realizar los exámenes en un día adicional, anterior o posterior a las fechas indicadas en este punto 3. Dicho acuerdo se anunciará en el mismo modo que el anuncio del párrafo anterior.

En caso de que los exámenes se realicen en más de un turno, las personas a las que les sea imposible realizar el examen en el turno asignado, y que acrediten esta imposibilidad, deben pedir por escrito al presidente del Tribunal el cambio de turno con tres días de antelación a la fecha de realización de las pruebas.

4. Tribunales

El Tribunal que ha de preparar y corregir las pruebas para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo estará formado por los siguientes miembros:

— Presidente: Xavier Ramis de Otazua

— Secretario: Gabriel Pintos Amengual

— Vocales: Luis Grau Ferrer, Luis March Balle, José Luis de Juan Clar

— Presidente suplente: Luis March Balle

— Secretario suplente: José Luis de Juan Clar

— Vocal suplente: Daniel Ramis Melero

El Tribunal quedará válidamente constituido con la presencia del presidente y del secretario, o las personas que los sustituyan, y uno de los vocales.

Una vez que se sepa el número de candidatos presentados a los exámenes teóricos, el presidente del Tribunal, en caso de ser necesario, nombrará al personal de apoyo que debe corregir las pruebas de cada convocatoria, así como el personal colaborador para desarrollarlas.

Los miembros del Tribunal y el personal colaborador tendrán derecho a percibir las indemnizaciones por las asistencias en las que intervengan, sin perjuicio de las dietas que, en su caso, les correspondan, de acuerdo con el Decreto 54/2002, de 12 de abril, por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Islas Baleares. La prestación de servicios extraordinarios fuera del horario o la jornada habituales de trabajo, en lugar de ser remunerada, se compensará con tiempo de descanso en los términos reglamentariamente previstos.

5. Resultado de los exámenes teóricos

Finalizados los exámenes y una vez realizada la corrección por el Tribunal, la plantilla de resultados y las calificaciones provisionales se publicarán en los tablones de anuncios de los centros citados en la base 3, así como en la página web de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad.

Aquellos ejercicios con defectos de identificación (DNI incorrecto, modelo de examen incorrecto, falta de firma...) pueden quedar sin corregir. Sin embargo, se podrán hacer las alegaciones pertinentes, en especial para aquellos exámenes que normalmente se corrigen con máquina, para solicitar la subsanación de errores identificativos.

Los candidatos examinados dispondrán de un mínimo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de las calificaciones provisionales de la convocatoria de que se trate, para solicitar la revisión del examen por el Tribunal o, en su caso, presentar las alegaciones que consideren oportunas, o bien solicitar la subsanación de los errores identificativos a los que hace referencia el párrafo anterior y que tendrá la consideración de revisión de examen. Estos últimos, no dispondrán de un nuevo plazo para solicitar revisión de examen una vez corregido.

Las solicitudes de revisión de examen estarán debidamente motivadas, se harán por la persona que ha realizado el examen y se dirigirán al presidente del Tribunal. En la solicitud se hará constar el nombre y apellidos de la persona que se ha examinado, su DNI, dirección y número de teléfono/fax, el examen o la asignatura de la que se trate y la fecha de la convocatoria.

Atendidas y resueltas las alegaciones y revisiones de exámenes, el Tribunal procederá a publicar los listados de calificaciones definitivas en la página web de la Dirección General de Puertos y Aeropuertos, los tablones de anuncios de la Dirección General de Puertos y Aeropuertos, del Consejo Insular de Menorca, del Consejo de Eivissa y del Consejo Insular de Formentera.

Contra las calificaciones definitivas podrá interponerse un recurso de alzada en el plazo de un mes ante el consejero de Territorio, Energía y Movilidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  

ANEXO 2
Patrón de moto náutica, patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS TEÓRICAS PARA LA OBTENCIÓN DE TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO: PATRÓN DE MOTO NÁUTICA, PATRÓN PARA NAVEGACIÓN BÁSICA Y PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO

Apellidos:

Nombre:

DNI/NIE:

Fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa):

Dirección:

Población:

Código postal:

Teléfono:

EXPONGO:

Que deseo examinarme para obtener la titulación de: [marque con una X la titulación elegida]

(  ) Patrón para navegación básica

(  )Patrón de moto náutica

(  )Patrón de embarcaciones de recreo completo

(  )Parte específica de patrón de embarcación de recreo: [indicar el motivo].

(  )Aprobada teórica de patrón para navegación básica en la convocatoria              de................. [indicar mes y año].

(  )Aprobada parte general de PER en la convocatoria de.................... [indicar       mes y año].

(  )Tener el título de patrón para navegación básica [adjuntar copia].

Isla de examen: [indicar sólo una].

(  )Mallorca    (  )Eivissa      (  )Menorca

SOLICITO:

Que se me permita participar en esta convocatoria.

[Lugar, fecha y firma]

Documentación aportada:

(  )Fotocopia del DNI vigente para los españoles y el certificado de NIE o, en su caso, la tarjeta de residencia vigente para los extranjeros.

(  )Resguardo de los ingresos de derecho de examen.

(  )Autorización del padre, madre o tutor del menor de edad que haya cumplido los 16 años.

(  )Original y fotocopia del título de PNB o copia cotejada. Para títulos expedidos por esta Administración autonómica es suficiente fotocopia.

Concluido el plazo de inscripción las listas provisionales y definitivas de personas admitidas pueden consultarse en esta Dirección General o a través de Internet, www.caib.es (Consejería Territorio, Energía y Movilidad - Dirección General de Puertos y Aeropuertos)

PRESIDENTE DEL TRIBUNAL PARA LA OBTENCIÓN DE TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO. DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS Y AEROPUERTOS

   

ANEXO 3
Patrón de yate

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS TEÓRICAS PARA LA OBTENCIÓN DE TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO: PATRÓN DE YATE

Apellidos:

Nombre:

DNI/NIE:

Fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa):

Dirección:

Población:

Código postal:

Teléfono:

EXPONGO:

Que deseo examinarme para obtener la titulación de patrón de yate:

(  )Prueba completa

En caso de tener aprobado algún módulo en las dos últimas convocatorias, según el RD 875/2014, puedo matricularme del módulo pendiente: [marque solamente uno, el pendiente]

(  )Módulo genérico

(  )Módulo de navegación

Isla de examen: [indicar sólo una]

(  )Mallorca    (  )Eivissa      (  )Menorca

SOLICITO:

Que se me permita participar en esta convocatoria.

[Lugar, fecha y firma]

Documentación aportada:

(  )Fotocopia del DNI vigente para los españoles y el certificado de NIE o, en su caso, la tarjeta de residencia vigente para los extranjeros.

(  )Resguardo de los ingresos de derecho de examen.

(  )Original y fotocopia del título o tarjeta inmediatos inferiores o copia cotejada. Para títulos expedidos por esta Administración autonómica es suficiente fotocopia.

Concluido el plazo de inscripción se pueden consultar las listas provisionales y definitivas de personas admitidas en esta Dirección General o a través de Internet, www.caib.es (Consejería Territorio, Energía y Movilidad - Dirección General de Puertos y Aeropuertos)

PRESIDENTE DEL TRIBUNAL PARA LA OBTENCIÓN DE TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO. DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS Y AEROPUERTOS

      

ANEXO 4
Capitán de yate

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS TEÓRICAS PARA LA OBTENCIÓN DE TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO: CAPITÁN DE YATE

Apellidos:

Nombre:

DNI/NIE:

Fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa):

Dirección:

Población:

Código postal:

Teléfono:

EXPONGO:

Que deseo examinarme para obtener la titulación de capitán de yate.

(  )Prueba completa

En caso de haber aprobado algún módulo en las dos últimas convocatorias, según el RD 875/2014, puedo matricularme del módulo pendiente: [marcar solamente uno, el pendiente]

(  )Módulo genérico

(  )Módulo de navegación

Isla de examen: [indicar sólo una]

(  )Mallorca   (  ) Eivissa      (  )Menorca

SOLICITO:

Que se me permita participar en esta convocatoria.

[Lugar, fecha y firma]

Documentación aportada:

(  )Fotocopia del DNI vigente para los españoles y el certificado de NIE o, en su caso, la tarjeta de residencia vigente para los extranjeros.

(  )Resguardo de los ingresos de derecho de examen.

(  )Original y fotocopia del título o tarjeta inmediatos inferiores o copia cotejada. Para títulos expedidos por esta Administración autonómica es suficiente fotocopia.

Concluido el plazo de inscripción se pueden consultar las listas provisionales y definitivas de personas admitidas en esta Dirección General o a través de Internet, www.caib.es (Consejería Territorio, Energía y Movilidad - Dirección General de Puertos y Aeropuertos)

PRESIDENTE DEL TRIBUNAL PARA LA OBTENCIÓN DE TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO. DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS Y AEROPUERTOS

  

ANEXO 5
Normas de participación en las pruebas

1. La presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases de la convocatoria.

2. No se permitirá llevar a los exámenes dispositivos electrónicos de memoria, ni teléfonos móviles, ni ningún otro dispositivo que permita el almacenamiento o difusión de datos. En todo caso, deberán apagarse y estar fuera del alcance de los examinandos. No obstante, en caso de requerirse, se entregarán apagados al personal colaborador hasta la finalización de la prueba o bien se indicará dónde se deben dejar.

3. Los examinandos deben identificarse a la entrada al examen mediante un documento acreditativo de la identidad; e igualmente deben identificarse con los datos personales, y entregar a la finalización de cada prueba, todas las hojas que indique el personal colaborador, incluyendo, entre otros, los enunciados de preguntas, cartas náuticas... Del mismo modo, el documento de identificación del participante debe estar sobre la mesa de manera visible durante la prueba.

4. El personal colaborador indicará a los participantes dónde deben sentarse y puede requerirlos a cambiar de ubicación durante la prueba.

5. Los alumnos deben hacer la prueba en el aula en la que han sido citados y en el turno indicado. Una vez iniciada la prueba no pueden acceder nuevos alumnos en el aula.

6. La contravención de estas normas o el hecho de copiar en las pruebas podrá dar lugar a la exclusión del examinando de todas las pruebas de la convocatoria en curso.