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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 1148
Notificación de defectos advertidos en la solicitud de pago de la ayuda del expediente SAU 86/2010, en relación a la línea de ayudas para Utilización de servicios de asesoramiento, correspondientes al año 2010.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Publicación de la Notificación de defectos advertidos en la solicitud de pago de la ayuda del expediente SAU 86/2010, cuyo titular es (datos personales ocultos), en relación a la línea de ayudas para Utilización de servicios de asesoramiento, correspondientes al año 2010. 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ya que no se ha podido localizar al interesado, mediante este anuncio se notifica a (datos personales ocultos)con DNI (datos personales ocultos)en relación al expediente SAU 86/2010 de la línea de ayudas  para Utilización de servicios de asesoramiento correspondientes al año 2010, la siguiente Resolución de Notificación de defectos advertidos en la solicitud de pago de la ayuda, firmada con fecha 18 de mayo de 2015 por el Jefe del Servicio de Ayudas al desarrollo Rural del FOGAIBA, 

“NOTIFICACIÓN DE DEFECTOS 

Asunto: Notificación de defectos advertidos en la solicitud de pago de la ayuda de la línea “UTILIZACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO” 

Referencias del expediente de ayudas:

Línea de ayuda:

UTILIZACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO

Nº Exp: 86/2010

Marco normativo:

- Orden de la consellera de Agricultura y Pesca de 18 de diciembre de 2.007 por la cual se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares.

- Resolución de la Presidenta del FOGAIBA de 13 de mayo de 2.010, por la cual se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, para el ejercicio 2.010, subvenciones para la utilización de servicios de asesoramiento, y posterior Resolución de 18 de setiembre de 2.010, de ampliación de plazo de presentación de solicitudes.

Beneficiario:

(datos personales ocultos)

Registre d’entrada:

4683/2012   02/08/2012

CIF/ DNI/ NIF:

(datos personales ocultos)

Os comunicamos: 

1. Que hemos recibido su solicitud de pago presentada el día 02/08/2012 de las inversiones o actividades objeto de la ayuda al amparo de la Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 13 de mayo de 2010, por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, para el ejercicio 2010, subvenciones para la utilización de servicios de asesoramiento. 

2. Que se ha revisado la solicitud presentada por el pago de la ayuda de referencia, y que hemos encontrado deficiencias, y por tanto debe aportar los siguientes documentos: 

a) Certificado de que el beneficiario se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias estatales (AET).

b) Certificado de que el beneficiario se encuentra al corriente de las obligaciones con la con la Seguridad Social. 

En consecuencia, para continuar con la tramitación de su solicitud, y de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, se le requiere para que en el plazo de 10 días contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, subsane todas las deficiencias y aporte todos los documentos antes mencionados. Se le advierte que si no lo hace así, y en el plazo señalado, será considerada desistida su petición, se procederá a la revocación total de la ayuda y se archivará previa resolución correspondiente, lo que puede ocasionar la pérdida de la ayuda que le hubiera podido corresponder. 

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 punto 4 segundo párrafo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, le informamos que para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, el órgano competente es el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA. C / Foners, 10, 07006 de Palma, teléfono 971 176 666”. 

  

   Palma, 21 de enero de 2016

El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina