Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1105
Juicio sobre delitos leves 26/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

DÑA NIEVES AFÁN DE RIVERA JIMÉNEZ, Secretaria del JDO DE INSTRUCCIÓN N 8 DE PALMA DE MALLORCA.

POR LE PRESENTE HAGO CONSTAR ; Que en los autos de JUICIO POR DELITO LEVE 26/15 ha recaido Sentencia , del tenor literal:

S E N T E N C I A  NÚM. 389/2015

En PALMA DE MALLORCA a veintisiete de Octubre de dos mil quince.

D.  ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción número ocho de Palma de Mallorca, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000026/2015, seguida por una  falta de DAÑOS contra DARA CAMILLUS REDMON y OWEN CONDON,  habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal.

F A L L O

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a DARA CAMILLUS REDMON Y OWEN CONDON, como autores responsables de un delito leve de DAÑOS a la pena de 40 días de multa a razón de 6 euros diarios para cada uno de ellos  y a que indemnice de manera solidaria en concepto de responsabilidad civil  en la cantidad de 380 euros a  SIMEPLA SL; y al pago de las costas.

En caso de impago de la multa impuesta, el mismo queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste, y sirva la presente de notificación a: DARA CAMILLUS REDMON., OWEN CONDON.  extiendo la presente a 25 DE ENERO 2016.

EL SECRETARIO JUDICIAL