Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 1130
Corrección de error en la publicación en el BOIB núm. 188, de 29 de diciembre de 2015, de los presupuestos generales del Consell Insular de Eivissa en relación con la retribución total del personal eventual, Coordinador/a de Movilidad
Dado que se detectó un error en la publicación de los presupuestos generales del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 188, de 29-12-2015) en relación con la retribución total del personal eventual, Coordinador/a de Movilidad, ya que se hizo constar que la retribución total era de 37.114,00 euros cuando debía ser de 28.280,00 euros, como un coordinador/a de Grupo.
Visto el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, que establece que «las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.»
Por todo lo anterior, se procede a su corrección, en el siguiente sentido:
Donde dice:
D) PERSONAL EVENTUAL
DENOMINACIÓN DEL PUESTO |
DEDICACIÓN |
RETRIBUCIÓN TOTAL |
NÚM. |
Coordinador/a de Movilidad |
Exclusiva |
37.114,00 euros |
1 |
Debe decir:
D) PERSONAL EVENTUAL
DENOMINACIÓN DEL PUESTO |
DEDICACIÓN |
RETRIBUCIÓN TOTAL |
NÚM. |
|
Coordinador/a de Movilidad |
Exclusiva |
28.280,00 euros |
1 |
Eivissa, a 1 de febrero de 2016
El secretario técnico de Turismo, Interior, Territorio y Movilidad,
Ramón Roca Mérida