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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 238
Procedimiento ordinario 244/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARI RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 244 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ROSALIA MORENO ORTUÑO contra  sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº535

En Palma de Mallorca a 23 de diciembre de 2015.

Vistos por mí, Doña María del Pilar Ramos Monserrat, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Refuerzo de los Juzgados de lo Social, los autos iniciados en el Juzgado de lo Social número Tres con el número 244/13 a instancia de Dña. Rosalía de Jesús Moreno Ortuño, asistida por la Abogada Pilar Fullana, contra la entidad FONS FORMACIÓ ZONA MEDITERRÀNEA S.L.L.

FALLO

Que, ESTIMANDO la demanda interpuesta por Dña. Rosalía de Jesús Moreno Ortuño contra FONS FORMACIÓ ZONA MEDITERRÀNEA S.L.L, debo CONDENAR y CONDENO a la demandada al abono a la demandante de la cantidad de 1127 euros, además del 10% de dicho importe en concepto de intereses por mora, desde la fecha de la interpelación judicial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, frente a la que no cabe recurso alguno.

Así por esta Sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FONS FORMACIÓ ZONA MEDITERRANEA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a doce de Enero de dos mil dieciseis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA