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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 234
Ejecución de Títulos Judiciales 170/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrada de la Admón. De Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 170/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de VICENTE PEREZ GONZALEZ contra la empresa RAFAEL OLIVER ARBOS, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

TASACIÓN DE COSTAS

QUE PRACTICA LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Dª  MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 EN EL PROCEDIMIENTO ETJ 170/2015 SEGUIDO A INSTANCIA DE VICENTE PEREZ GONZALEZ, FRENTE A RAFAEL OLIVER ARBOS,

HONORARIOS DE ABOGADO: 280,04 EUROS (artículo 251 LJS)

21% IVA: 58,81 euros

La presente tasación de costas asciende (SEUO) a la cantidad de 338,85 euros.

En PALMA DE MALLORCA, a ocho de Enero de dos mil dieciséis.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LETRADO DE LA ADMON DE JUSTICIA SRA Dª.  MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA

En PALMA DE MALLORCA, a ocho de Enero de dos mil dieciséis.

De conformidad a lo dispuesto en el art. 244 de la Lec, acuerdo dar traslado a las partes por un plazo común de diez días para que puedan impugnar la tasación practicada y la liquidación de intereses practicada conforme a lo dispuesto en el artículo 269 LJS, sin que puedan pedir la inclusión o adición de partidas nuevas, sin perjuicio que puedan reclamarlas frente a quien y como correspondan.

Y para que sirva de notificación en legal forma a RAFAEL OLIVER ARBOS, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a once de enero de dos mil dieciséis.

LA LETRADA DE LA ADMON DE JUSTICIA