Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 302
Juicio de Faltas nº 537/2015
DÑA. MARGARITA AVELLÁ SALOM LETRADA DE LA A.J. DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 005 DE PALMA DE MALLORCA
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el Juicio de Faltas nº 537/2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:
Que debo CONDENAR y CONDENO a MARIA DEL PILAR LLAMAS MATAS como autora responsable de una FALTA de HURTO prevista y penada en el artículo 623,1 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa a razón de seis euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal de privación de un día de libertad por cada dos cuotas impagadas y al pago de las costas causadas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y que se formalizará conforme lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.”
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a MARIA DEL PILAR LLAMAS MATAS su publicación en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 29 de Diciembre de 2015.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL