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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT

Núm. 755
Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes de naturaleza urbana

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Texto

Ya que no se han presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Puigpunyent adoptado con fecha 24 de noviembre de 2015 sobre modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes de naturaleza urbana, el texto íntegro se hace público, de acuerdo con el artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

"Artículo 2. Tipos de gravamen

De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del TRLRHL el tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable al municipio de Puigpunyent queda fijado de la siguiente manera:

1.- Bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,51% "

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses que empezarán a contar a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Puigpunyent a 26 de enero de 2016

El Alcalde
Gabriel Ferrà Martorell