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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE INCA

Núm. 17331
Procedimiento ordinario 735/2013 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Inca , a 29 de julio de dos mil quince.-Dñª BELÉN VELÁZQUEZ TURNES, JUEZ de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Inca y su partido, habiendo visto y oído los presentes autos de JUICIO ORDINARIO Nº 753/ 2013 seguidos ante este Juzgado, entre partes , de una como demandantes Dñª MARÍA MUNAR AMENGUAL, sucedidas procesalmente durante la sustanciación del presente procedimiento por Dñª DAMIANA FIOL MUNAR, Dñª BÁRBARA FIOL MUNAR, Dñª MARÍA FIOL MUNAR y Dñª ISABEL MARÍA ALEMANY MUNAR con Procurador, D. ANTONIO V. DEL BARCO ORDINAS y Letrada Dñª Mª DEL MAR MAURO POU, y asimismo, D. Dñª ISABEL MARÍA ALEMANY MUNAR , D. JOSÉ MANUEL MAHINDO MUÑOZ y ANTONI JAUME MAHINDO ALEMANY con Procurador D. ANTONIO V. DEL BARCO ORDINAS y Letrado D. MIGUEL ANGEL ORDINAS POU y de otra como demandado D. PEDRO PIERAS SEGUÍ ( en rebeldía procesal) .

FALLO.

Que Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. ANTONIO V. DEL BARCO ORDINAS, en nombre y representación de Dñª DAMIANA FIOL MUNAR, Dñª BÁRBARA FIOL MUNAR, Dñª MARÍA FIOL MUNAR ,Dñª ISABEL MARÍA ALEMANY MUNAR, D. JOSÉ MANUEL MAHINDO MUÑOZ y ANTONI JAUME MAHINDO ALEMANY contra D. PEDRO PIERAS SEGUÍ, debo declarar y declaro.

1.-Que los actores y sus causahabientes han adquirido por prescripción adquisitiva a su favor la finca sita en Lloseta, en la calle José Coll , en su día nº 5 , luego 13-15 y en la actualidad números 15 y 17 , finca número 2245 inscrita al Tomo 1929, Libro 46, Folio 136 del Registro de la Propiedad de Inca, hoy nº 2, descrita en el expositivo primero de la demanda por haberla recibido por herencia del remoto causante, D. Jaime Munar Ferragut.

2.-Que en consecuencia son titulares de la finca descrita en las siguientes cuotas indivisas: a Dñª Isabel María Alemany Munar le corresponde 9/ 24 avas partes en el dominio; a D. José Manuel Mahindo Muñoz 4/24 avas partes; a Antonio-Jaume Manido Alemany 2/24 avas partes; a Dñª Bárbara Fiol Munar 3/24 avas partes; a Dñª Damiana Fiol Munar, 3 /24 avas partes, y a Dñª María Fiol Munar, 3/24 avas partes.

3.-Que como consecuencia de la anterior declaración, debo declarar y declaro que por ello ha quedado extinguido el derecho de dominio que sobre la misma tenía inscrito D. Pedro Pieras Seguí, ordenando la cancelación de la inscripción registral contradictoria del dominio declarado, debiendo ser éste inscrito en el Registro de la Propiedad a favor de los actores.

4.-Que debo condenar y condeno a la parte demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones y al pago de las costas del juicio.

 

Firme que sea esta resolución y con testimonio íntegro de la misma, expídase al Registro de la Propiedad de Inca nº 2 el oportuno mandamiento para la inscripción del dominio aquí declarado.-Las costas causadas en la presente instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de VEINTE DIAS en la forma expresada en el art. 457 de la LEC 1 /2000.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Dñª Mª Belén Velázquez Turnes, Juez de refuerzo del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Inca y su partido. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de PEDRO PIERAS SEGUÍ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En INCA, a veintisiete de Octubre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL