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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 718
Convocatoria para cubrir la plaza de coordinador de la Islas Baleares Film Commission y de proyección exterior del audiovisual en el Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

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Texto

Antecedentes

De conformidad con los principios constitucionales rectores para acceder al empleo público recogidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se convoca la plaza de coordinador de la Islas Baleares Film Commission y de proyección exterior del audiovisual que consta en la relación de puestos de trabajo del ente.

El artículo 22.3 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que en la selección de las necesidades de personal directivo profesional del ente del sector público instrumental, se debe atender a los principios de mérito y capacidad, como también a los criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, y ha de llevarse a cabo mediante los procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia.

Los artículos 9.f y 16.b de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos otorgan poderes al director para poder aprobar la convocatoria y las bases para la selección de una plaza de coordinador de la Islas Baleares Film Commission y de proyección exterior del audiovisual en el Instituto de Estudios Baleáricos.

Por todo esto, se decide:

1. Aprobar la convocatoria de un proceso selectivo para cubrir el puesto de coordinador de la Islas Baleares Film Commission y de proyección exterior del audiovisual como personal directivo profesional de naturaleza laboral sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección regulada por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

2. Aprobar las bases específicas que deben regir esta convocatoria y el proceso selectivo, de acuerdo con lo siguiente:

a) Requisitos y condiciones generales que las personas interesadas deben cumplir antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes para ser admitidas en este proceso selectivo.

I. Tener la nacionalidad española o alguna otra nacionalidad en los casos que, de acuerdo con el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, permitan el acceso al empleo público como personal laboral.

II. Tener más de 18 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

III. No haber estado separado, mediante un expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro estado, no tiene que encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que le impida trabajar para la administración en su estado de procedencia.

IV. Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para ejercer las funciones siguientes: dirección técnica, programación, coordinación, impulso y evaluación de las actuaciones propias de la oficina de la Islas Baleares Film Commission; concretamente, facilitar a las productoras nacionales e internacionales toda la información que necesiten para realizar rodajes; facilitar y agilizar los procedimientos administrativos necesarios para llevar a cabo actividades audiovisuales en las Islas Baleares, y facilitar el contacto entre las empresas relacionadas con del sector audiovisual. Asimismo, también se hará cargo del diseño y la ejecución de las acciones para la promoción exterior del audiovisual que el IEB lleva a cabo, en coordinación con el director del ente.

V. Estar en posesión de una licenciatura, grado o equivalente en alguna especialidad relacionada con el ámbito de la comunicación o las humanidades, y certificar al menos seis años de experiencia profesional dentro del sector audiovisual en tareas relacionadas con la producción y distribución en el ámbito internacional.

b) Solicitudes y documentación

I. La solicitud para tomar parte en este proceso selectivo se debe ajustar al modelo que se adjunta en forma de anexo.

II. Todas las solicitudes se tienen que presentar en el Registro del IEB o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

III. El plazo de presentación de solicitudes es de siete días hábiles contadores desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día de presentación de solicitudes cayera en día inhábil o sábado, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente.

IV. Junto con la solicitud rellenada adecuadamente, las personas interesadas deben adjuntar:

1. Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en el caso de no tener la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la personalidad.

2. Currículum actualizado, en el que se tiene que hacer constar:

a) Los datos personales (dirección, teléfono y correo electrónico).

b) La formación (titulaciones académicas, estudios, cursos, seminarios, publicaciones, idiomas, otros).

c) La experiencia profesional (con descripción de entidades, cargos desarrollados y duración). La formación y la experiencia profesional se tienen que acreditar mediante la aportación del título o el certificado correspondiente, original y fotocopia para compulsar.

3. Memoria del proyecto que el candidato presenta para llevar a cabo su tarea. Este documento es la base para el proyecto estratégico que el candidato escogido tiene que redactar en el mes siguiente a su nombramiento. La extensión máxima de la memoria del proyecto será de siete hojas DIN A4, utilizando la fuente Arial 12 y la interlínea de 1,5.

c) Organo competente para la selección

La Comisión de Selección está integrada por tres miembros nombrados por la persona titular de la consejería a la cual está adscrita la empresa pública; uno es designado como presidente y otro como secretario. Esta Comisión no puede actuar sin la asistencia de la mayoría de sus miembros y en cualquier caso tiene que estar presente el presidente y el secretario. La Comisión puede ser asistida por asesores para la mejor evaluación de los candidatos.

Los miembros nombrados son:

Presidente

Titular: Sr. Jaume Alomar Serra

Suplente: Sra. Marta Ferré Freitas-Morna

Vocal

Titular: Sr. Antoni Planas Sanjosé

Suplente: Sra. Maria de les Neus Ribas Llabrés

Secretaria

Titular: Sra. Catalina Ferrando Ballester

Suplente: Sra. Catalina Company Vidal

d) Los méritos a valorar tendrán que estar en consonancia con las funciones descritas en el punto IV del apartado 2.a de este documento y las competencias propias del puesto del personal directivo profesional convocado. La valoración de los méritos en concreto se hace en relación a:

-Los estudios universitarios o de posgrado de los candidatos (entre 0 y 2 puntos).

-El conocimiento del funcionamiento y del entorno de las producciones audiovisuales tanto nacionales como internacionales (entre 0 y 4).

-La participación en tareas específicas de producción y distribución de trabajos audiovisuales a nivel internacional (entre 0 y 6).

-La memoria presentada (entre 0 y 8 puntos).

e) La Comisión de Selección debe aplicar, en la valoración de los candidatos, los principios de igualdad, mérito y capacidad, en relación con la idoneidad, la competencia profesional y la experiencia, de acuerdo con la actividad a desarrollar. Una vez valorada la documentación, la Comisión tiene que presentar un informe de evaluación de todos los candidatos admitidos. Los cinco candidatos mejor puntuados pasarán a la segunda fase de selección, que consiste en una entrevista personal en la que los candidatos deben exponer su proyecto al órgano competente para el nombramiento del directivo profesional. Finalmente, la Comisión nombrará al candidato elegido mediante una resolución motivada que se publicará en el BOIB.

f) La duración del contrato que se suscriba como consecuencia del proceso selectivo se extingue cuando cese el órgano que suscriba el contrato en nombre del Instituto de Estudios Baleáricos.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer alternativamente, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes delante del mismo órgano que dicta el acto, contador desde el día siguiente de la publicación de esta resolución/acuerdo en el BOIB, o un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con lo que dispone el artículo 8.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

El director del Instituto de Estudios Baleáricos

Josep R. Cerdà Mas

  

ANNEX 1

MODELO DE SOLICITUD

................................................................................., mayor de edad, con DNI número ...................... y domicilio a efectos de notificaciones en ...............................................................................................,telèfon .........................y correo electrónico ....................................... ...................................

EXPONE:

1. Que tengo conocimiento de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir la plaza de coordinador de la Illes Balears Film Commission y de projección exterior del audiovisual.

2. Que declaro estar en possessión de todos y cadauno de las condiciones o requisitos exigidos en el apartado 2.a) de la convocatoria.

3. Que adjunta la siguiente  documentación:

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Motivo por el cual, SOLICITA:

Ser admitido y poder participar en el procedimento selectivo de una plaza de coordinador de la Illes Balears Film Commission y de projección exterior del audiovisual como personal directivo profesional de naturaleza laboral sotmetido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección regulada por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agost.

.......................... , a ........... de ................................ de 2016

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