Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 725
Aprobación definitiva de la modificación de las Normas para la concesión de ayudas para la recuperación y mejora de fachadas
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de las Normas para la concesión de ayudas para la recuperación y mejora de fachadas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Se modifica el párrafo segundo del artículo 1 como sigue:
«El porcentaje del coste a asumir por el Ayuntamiento será del 30 por cien, con un límite máximo de cuatro mil euros».
Contra el presente Acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares con sede en Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Sant Antoni de Portmany, 25 de enero de 2016.
El Alcalde
José Tur Torres